"Mi hijo está preso por un expediente falso y los tribunales lo saben", resumió Antonia Azuaje, madre de Julio César Riobueno. Los detalles.
Sebastiana Barráez/ jueves 26 de marzo 2026
@SebastianaB
Tomado de Infobae
“Mi hijo está preso por un expediente falso y los tribunales lo saben”, así resume Antonia Azuaje, madre del Tcnel. Julio César Riobueno el proceso judicial que mantiene encarcelado al oficial desde el 2 de octubre 2024. Detenido por la DGCIM, desaparecido durante casi un mes, torturado y en indefensión, enfrenta un juicio que su defensa califica de viciado desde el origen, marcado por imputaciones irregulares, recursos negados y parcialidad judicial que lo mantiene recluido en la cárcel Yare II.
Antonia Azuaje de Riobueno, profesora jubilada de 76 años, residenciada en Valle de La Pascual, estado Guárico, le dice a Infobae que su hijo, el teniente coronel (GNB) Julio César Riobueno Azuaje, era el comandante del Destacamento Nro. 116 GNB en el Zulia, cuando la DGCIM lo detiene, el 2 de octubre 2024, lo mantiene en desaparición forzada, durante 26 días, lo somete a torturas, desaparición forzada e incomunicación.
“Está sometido a un proceso de indefensión jurídica, lleno de irregularidades, mentiras y violación a sus derechos fundamentales. Su expediente ha sido construido basado en la mentira y abuso de poder”.
Al oficial le imputaron tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas (modalidad transporte), asociación, interferencia de la seguridad operacional y de la aviación civil, y porte ilícito de arma de fuego.
Las actuaciones de la fiscal nacional antidrogas Rosalba Hernández, que presentó acusación el 12 de diciembre 2024, y la jueza Giuliana Nicole Genesi Peñaloza, del Tribunal Quincuagésimo de Control, evidenciarían una secuencia de imputaciones y presuntas irregularidades procesales durante la fase de control, en los expedientes MP-128039-2024 (Fiscalía) y 21J-1573-25 (órgano jurisdiccional).
Los abogados de Riobueno sostienen que las supuestas fallas serían de tal gravedad que una solicitud de control judicial no solo habría sido negada, sino que fue incorporada al expediente con fecha anterior a la fijación de la audiencia preliminar, lo que evidenciaría parcialidad a favor de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM) y del Ministerio Público.
El 23 de enero de 2021 la fiscal Rosalba Hernández fue denunciada ante distintas direcciones (Derechos Humanos, Delincuencia Organizada, Inspección y Disciplina), tras lo cual fue separada del caso y privada de libertad.
Entre las acciones de los abogados del oficial Riobueno, se ha interpuesto recursos de amparo ante la Sala Constitucional en busca de la restitución y reparación de derechos, basados en presuntas violaciones al derecho a la defensa, el debido proceso y la tutela judicial efectiva.
Familiares y abogados del oficial, también afirmaron que la detención practicada por la DGCIM “no se corresponde con la realidad” y cuestionaron el acta policial, al asegurar que describe condiciones de modo, tiempo y lugar “irreales” y atribuye hechos “graves” que no ocurrieron.
Ratifica la denuncia
Evelin Dayana Mendoza Hidalgo, esposa del teniente coronel Julio Cesar Riobueno Azuaje ratificó, en febrero 2026, la denuncia que ya había hecho un año antes, contra la fiscal 70 nacional Rosalba Hernández “por la falta de probidad, integridad y rectitud de sus actuaciones contraviniendo los principios rectores del Ministerio Público”.
Dijo en su comunicación ante el entonces fiscal general, Tarek William Saab Halabi, que “en los actuales momentos tal como ha sido hecho público notorio y comunicacional se encuentra Privada de Libertad por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones Control del Área Metropolitana de Caracas, por los presuntos delitos de omisión dolosa y agravada de funciones”, lo que la ratificación de la denuncia es pertinente.
Evelin Dayana Mendoza Hidalgo, dice que su esposo el Tcnel Riobueno Azuaje no fue detenido, como dijo la DGCIM el 26 de octubre 2024 junto con el Tcnel. Jesús Rafael Cabrera Marcano, sino que su aprehensión ocurrió “el 2 de octubre 2024 en el Campo Deportivo de la Cotorrera en Maracaibo, estado Zulia, cuando salía de la evaluación física para la prueba de ascenso”.
Desmiente que en el momento de su detención estuviera con el Tcnel. Cabrera, “se encontraba con otros militares subordinados a él que luego fueron dejados en libertad”.
Refuta que la entonces fiscal 70 Nacional, Rosalba Hernández, dijera que existía una orden de aprehensión por parte del Tribunal 50 de Primera Instancia de Control del AMC, “esa orden se otorgó 22 días después, el 26 de octubre, en Caracas”, después que su esposo fue trasladado a la sede de la Dgcim en Boleíta, Caracas.
Aclara la señora Mendoza que es falso que Riobueno se presentara a la Dgcim Caracas con dos armas de fuego sin el permiso respectivo, seis mil dólares y más de un millón de pesos, y en una camioneta Hilux, blanca, “perteneciente a grupos guerrilleros no identificados”. En la audiencia el oficial explicó que el vehículo se lo prestó Walter Sánchez, productor de palma de aceite del sector Seis Casitas, Casigua El Cubo, Zulia.
Errores fiscales
La defensa señaló a la Fiscalía por, presuntamente, no realizar una investigación exhaustiva y por presentar “los mismos hechos” una vez transcurridos 45 días de la fase preparatoria. También alegó falsedad en la imputación por porte ilícito de arma, al indicar que Riobueno contaba con un carné vigente que lo autoriza a portar armas.
En la acusación se incorporaron hechos relativos a la incautación de 500 kg de cocaína en el sector Boca de Tarra, del 12 de octubre 2024, en el marco de la Operación Escudo Bolivariano Mara 2024”, que no habrían sido mencionados en la audiencia de presentación ni guardarían relación con el oficial.
“Se pretende vincular al Tcnel. Riobueno con un hallazgo en una zona deshabitada sin una sola inspección técnica que lo conecte con dicho sitio”, sostuvo su abogado ante el tribunal.
En cuanto a la prueba digital, cuestionó lo presentado como “pruebas de Telegram”, al catalogarlo como imágenes “que se asemejan a recreaciones manuales o simuladas” y que, a su juicio, carecen de fiabilidad técnica.
Por otra parte, el Ministerio Público alega comunicaciones indirectas entre el Tcnel. Riobueno y el GD Vidal José Francisco Coraspe, pero sin demostrar cruces de llamadas que lo sustenten; además, aseguró que el número atribuido al general pertenecería a otra persona.
La Fiscalía recurre al testimonio de un tercero que menciona el retiro de 3.000 dólares en un comercio, presentado como si se tratara de un indicio de tráfico internacional de drogas. “No se verificó la información con los propietarios del local ni permitieron que la defensa presentara testigos para aclarar ese hecho”.
Se habría incurrido en “mala fe procesal” cuando al Fiscalía sostiene la identificación del oficial Riobueno en un supuesto “especial de delación” de Luis Alejandro Herrera Ramírez, pero en el acta de delación no se menciona al oficial, ni siquiera por su cargo, y solo se hace referencia a “generales de pistas y radares”.
La Fiscalía afirmó que Riobueno “hacía caso omiso a vuelos ilegales”, pero Herrera Ramírez, el testigo del Ministerio Público, declaró que entre mayo y julio de 2024 la Operación Catatumbo y los operativos en tierra “impedían utilizar las pistas”.
El Tribunal
La actuación del Tribunal Quincuagésimo de Control no deja de ser inquietante, pues la jueza Giuliana Nicole Genesi Peñaloza habría incurrido en fraude procesal y simulación de actos al publicar una decisión fechada el 28 de marzo de 2025, “insertando de forma fraudulenta” un pronunciamiento que no existía al momento de la fijación de la audiencia preliminar.
El abogado de Riobueno sostuvo que la jueza omitió decidir sobre la nulidad absoluta de la acusación presentada el 8 de enero de 2025, pero permitió que se incorporaran en el escrito fiscal hechos vinculados a la “Operación Escudo Bolivariano Mara 2024” y al hallazgo de los 500 kg de cocaína en Boca de Tarra, que no fueron imputados originalmente.
Familiares del oficial preso están convencidos que se ha obstaculizado el derecho a la defensa de Riobueno al negarse diligencias exculpatorias, como la declaración del primer teniente Trías, así como imputarle el delito de porte ilícito de armas pese a que como militar activo posee un carné que lo autoriza a portarlas.
La Corte
El abogado defensor de Riobueno denunció “los vicios y quebrantamiento de Sala Siete de la Corte de Apelaciones, del 23 de julio y 18 de agosto 2025” que están siendo impugnadas ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).
Los señalamientos contra la Corte de Apelaciones parten de dictar sentencias “que no guardan relación con los agravios denunciados” y en “un acto de absoluta ligereza procesal”, la Sala Siete omitió pronunciarse sobre la falsedad de las actas de la DGCIM y la manipulación de las fechas en el expediente por parte del Tribunal de Control.
Además de haber convalidado la indefensión del teniente coronel Riobueno “permitiendo que un proceso basado en fraude procesal llegara a la etapa de juicio”.
Se suma la violación al debido proceso y tutela efectiva porque la Corte de Apelaciones desestima denuncias de violaciones a derechos fundamentales como la incomunicación y tortura.
Los jueces son señalados por la defensa de Riobueno por abuso de poder y desviación de la función jurisdiccional; “la Sala Siete abandonó su rol de control de legalidad para actuar como un apéndice de la Fiscalía”, impidiendo que el oficial de la GNB sea “juzgado por tribunales imparciales y con pruebas lícitas”.