domingo, 19 de abril de 2026

Militares retirados denuncian “ruptura del orden constitucional” y piden elecciones libres en Venezuela

 

La agrupación de oficiales en retiro advierte sobre el quiebre institucional y propone superar la crisis mediante comicios bajo conducción imparcial y con garantías para la participación de todos los sectores, incluyendo la diáspora y presos políticos 


Sebastiana Barráez/ domingo 19 de abril 2026
@SebastianaB
Tomado de Infobae

Militares retirados denuncian “ruptura del orden constitucional” y piden elecciones libres en Venezuela (EFE/ARCHIVO))

Un grupo de oficiales profesionales retirados de la Fuerza Armada Nacional de Venezuela, integrantes del Frente Institucional Militar (FIM), se pronuncian ante la crisis política del país, atribuyendo a la coyuntura actual una “ruptura del orden constitucional” y solicitando la activación de mecanismos para “restituir el Estado de Derecho”. Proponen elecciones con previa depuración del Consejo Nacional Electoral, el Registro de votantes y la liberación de presos políticos.


El presidente del Frente Institucional Militar es el General de Brigada (Ej.) Juan Antonio Herrera Betancourt; vicepresidente, GB (Ej.) Teodoro Díaz Zavala; secretario de Organización, GB (GN) Rafael Vera Ruiz. Los que representan a los componentes son el GB Juan Ferrer Barazarte por el Ejército; Contralmirante Elías Buchzser Cabriles por la Armada; GB Eduardo Arturo Caldera Gómez por la Aviación y GB Simón Figuera Pérez por la Guardia Nacional.


El FIM recuerda que “la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo”, tal como lo señala el artículo 5 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, destacando que esa voluntad popular fue vulnerada el 10 de enero 2025, cuando la Asamblea Nacional juramentó a Nicolás Maduro Moros. Según los oficiales, el ente parlamentario optó por “omitir la juramentación de quien fuera electo por mayoría absoluta”, refiriéndose al opositor Edmundo González Urrutia.


Los militares en retiro, algunos exministros de Defensa y excomandantes de componentes de la institución armada, cuestionan la legitimidad de quien actualmente ejerce el poder, Delcy Eloína Rodríguez Gómez, sosteniendo que “la ruptura del orden constitucional requiere una corrección inmediata, especialmente ante la incapacidad fáctica y jurídica de quien pretende ejercer un mandato ilícito”.

El FIM solicita la liberación de todos los presos políticos

Por ello plantean la imperiosa necesidad del “reconocimiento nacional e internacional de la voluntad popular, la cual puede ser reafirmada mediante un nuevo proceso electoral”. 


Como condición, el FIM solicita que la conducción del proceso recaiga en una directiva del ente rector de las elecciones “absolutamente imparcial”. En su pronunciamiento, sostiene que los rectores no deberían tener ni haber tenido militancia partidista ni afinidades políticas públicas.


El FIM propone una actualización integral del padrón electoral y pide medidas para garantizar el derecho al voto de la diáspora. También solicita la habilitación de ciudadanos afectados por medidas administrativas que considera arbitrarias.


Denuncian afirman que persisten acciones de persecución policial y judicial contra personas vinculadas a la defensa de los valores democráticos “frente al régimen que ha oprimido a la sociedad venezolana durante las últimas tres décadas” por lo que piden el cese de esos procedimientos.


Libertad para sus compañeros

El FIM es una organización con 26 años de creada, que integra a 241 militares en situación de reserva o retirados, con 24 generales de División; siete Vicealmirantes; 38 generales de Brigada; doce Contralmirantes; 66 coroneles; 10 capitanes de Navío; 25 tenientes coroneles; nueves capitanes de Fragata; once Mayores; dos capitanes de Corbeta; 17 capitanes; seis tenientes de Navío; tres primeros tenientes; tres tenientes de Fragata; y ocho tenientes del Ejército, la Aviación y la Guardia Nacional.

El presidente del FIM, General de Brigada (Ej.) Juan Antonio Herrera Betancourt

Son enfáticos ante “cualquier pretensión de "transición" mientras persista la existencia de presos políticos o de conciencia”, aseverando que no serían necesarias leyes de amnistía para quienes “actuaron en defensa de la Constitución, según los artículos 333 y 350”, por lo que consideran que su libertad “es un acto de justicia, no de gracia”.


El pronunciamiento pide la liberación “absoluta e incondicional” de más de 200 militares detenidos, destacando que son “compañeros de armas, víctimas de torturas y tratos degradantes en los centros de reclusión del régimen”. Asimismo, solicita garantías de seguridad para el retorno de los miles de exiliados que salieron del del país por motivos políticos.


Activos en el exterior

En materia económica, la organización de militares en reserva activa menciona el caso de la empresa CITGO Petroleum Corporation, en el marco de la protección internacional de activos estratégicos, así como recursos financieros del Estado por parte del Gobierno de Estados Unidos


Así como valoran la salvaguarda de los activos venezolanos en el extranjero, sostienen que “es imperativo que un gobierno legítimamente electo recupere la autonomía económica bajo estrictos controles de transparencia”. 


Ante ello proponen un nuevo marco jurídico orientado a garantizar la propiedad privada, el libre mercado y la seguridad jurídica, con el objetivo de atraer inversión nacional y extranjera, como “pilares fundamentales para alcanzar el desarrollo y la prosperidad de todos los venezolanos”.

Delcy Eloína Rodríguez Gómez, figura clave en la transición en Venezuela

Finalmente, la organización que agrupa a oficiales generales, superiores y subalternos, cierra el pronunciamiento cierra con un llamado a acompañar las solicitudes expuestas “para recuperar nuestra libertad e independencia” y enmarca sus planteamientos en el “deber ciudadano” previsto en la Carta Magna de la República de Venezuela.


Acuden al TSJ

Un grupo de abogados del movimiento Defensores Populares de la Nueva República (DPR), que dirige el coronel y abogado Hidalgo Valero Briceño, presentó el 14 de abril 2026, ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, una acción por omisión constitucional, “en defensa de los derechos e intereses colectivos y difusos de los electores venezolanos”.

Abogados del movimiento Defensores Populares de la Nueva República (DPR), que dirige el coronel y abogado Hidalgo Valero Briceño acudieron al TSJ

La organización dice que el presidente de la Asamblea Nacional, Jorge de Jesús Rodríguez Gómez, “no cumplió con el lapso de 90 días, que contemplan los artículos 233 y 234 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, incurriendo en denegación de justicia y delitos contemplados en los artículos 69 y 75 de la Ley Contra la Corrupción”.


Destacan que el 3 de abril 2026 se cumplieron 90 días desde la extracción del territorio venezolano de Nicolás Maduro Moros, cuando fuerzas militares estadounidenses ejecutaron la Operación Resolución Absoluta. 


El plazo de los tres meses se venció por lo que, según contempla, la Constitución venezolana, debía declararse la ausencia absoluta del presidente, dicen los juristas.  Lo que procede es forzar “la declaración de la falta absoluta", por parte del Tribunal Supremo de Justicia, y abrir el plazo para el llamado a elecciones presidenciales, dentro de los 30 días de la declaratoria.


“Lo que restaría para una transición pacífica y ordenada, es garantizar la pulcritud del proceso electoral, que pasa, entre otras reformas, por el nombramiento de autoridades imparciales del CNE, para que los comicios sean libres, justos y se respete la voluntad popular”, finaliza diciendo la organización Defensores Populares de la Nueva República.


viernes, 17 de abril de 2026

La Academia de Ciencias Políticas y Sociales de Venezuela pide restablecer el orden constitucional y llamar a elecciones


La Carta Magna establece el principio republicano, según el cual el jefe del Estado y del Ejecutivo Nacional debe ser elegido mediante sufragio universal, directo y secreto, lo que no ocurre con Delcy Rodríguez


Sebastiana Barráez/ viernes 17 de abril 2026
@SebastianaB
Tomado de Infobae

La presencia de Delcy Eloína Rodríguez Gómez como interina indefinida violenta el principio democrático y de la legitimidad en el poder, advierte la Academia

La Academia de Ciencias Políticas y Sociales de Venezuela pidió aplicar la Constitución para resolver la vacancia en la Presidencia de la República, advirtiendo que “la prolongación indefinida del ejercicio del cargo de presidente de la República por una autoridad no electa es violatoria del principio democrático y de la legitimidad de origen del Poder Ejecutivo Nacional”.


Así lo establece la Academia en un reciente comunicado, suscrito por el presidente Rafael Badell Madrid y el secretario Salvador Yannuzzi Rodríguez, en el que recuerda que la Carta Magna establece el principio republicano, según el cual el jefe del Estado y del Ejecutivo Nacional debe ser elegido mediante sufragio universal, directo y secreto, lo que no ocurre con Delcy Rodríguez en el poder.


El texto subraya que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela contempla el régimen jurídico que debe aplicarse en caso de producirse la ausencia absoluta o temporal del presidente de la República. 


Conforme a los artículos 233 y 234, el vicepresidente ejecutivo asume el ejercicio del cargo “de manera transitoria, con carácter estrictamente provisional y por los lapsos establecidos en la Constitución”.

Los doctores Rafael Badell Madrid y Salvador Yannuzzi Rodríguez, presidente y secretario respectivamente de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales de Venezuela

La Academia de Ciencias Políticas y Sociales recuerda que en Venezuela el cargo de vicepresidente ejecutivo es designado por el presidente de la República, enfatizando que “no es un cargo de elección popular, por lo tanto, quien lo ejerce, no tiene legitimidad democrática”


De ahí que la suplencia del vicepresidente por la vacancia presidencial ocurrida, luego de la Operación Resolución Absoluta que extrajo de territorio venezolano a Nicolás Maduro Moros, tiene “carácter funcional y temporal, como expresamente lo disponen los artículos 233, 234 y 239, numeral 8, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”.


El presidente debe ser electo

Además del doctor Rafael Badell Madrid, en la presidencia, y Salvador Yannuzzi Rodríguez, en la secretaría, la directiva de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales está integrada, en la primera vicepresidencia, por la expresidenta de la Corte Suprema de Justicia, Cecilia Sosa Gómez; Gerardo Fernández Villegas, segundo vicepresidente; Juan Cristóbal Carmona Borjas, tesorero; y Juan Carlos Pró-Rísquez, bibliotecario. 


La advertencia de la institución, que busca estar a la vanguardia en el estudio de las Ciencias Jurídicas y Sociales del país, es que ha transcurrido más de noventa días sin un mandatario electo, por lo que “la Academia advierte que se debe aplicar la solución definitiva prevista en la Constitución”


Se interpreta, a partir del comunicado que, prolongar indefinidamente la suplencia que ejerce Delcy Eloína Rodríguez Gómez, quien no es una autoridad electa, vulnera el principio democrático y la legitimidad del origen del Poder Ejecutivo.

La Operación Resolución Absoluta que extrae a Nicolás Maduro de territorio venezolano plantea la vacante de la presidencia

El comunicado enfatiza que el principio de continuidad administrativa solo puede garantizar el funcionamiento de la administración en cargos de designación y, en ningún caso, justificar la ocupación de puestos de elección popular como el presidencial, “quien no sólo es la máxima autoridad de la administración pública nacional, sino también el jefe del Estado, responsable de dictar los actos de alto gobierno”.


La Academia señala que el plazo constitucional de noventa días previsto en el artículo 234, expiró el 3 de abril de 2026, y que, al no haberse decidido una prórroga por parte de la mayoría de la Asamblea Nacional, debe considerarse la falta absoluta, dentro de los primeros cuatro años del periodo, o prorrogar la suplencia hasta por noventa (90) días más.

Manifestantes marcharon hasta la embajada de EEUU en Caracas exigiendo que realicen elecciones en Venezuela

Por tanto, según el artículo 233, es obligatorio convocar a nuevas elecciones universales, directas y secretas en un plazo de los treinta días consecutivos siguientes.


Asimismo, advierte que cualquier ejecutoria o interpretación que “desconozca el derecho de los venezolanos a elegir a su presidente” representa una grave violación del el principio democrático y el Estado de derecho. 


Reclama que se garantice, a todos los electores, estén o no en el país, el derecho al sufragio para elegir al presidente de la República, según las garantías constitucionales, contempladas en el artículo 63 de la Carta Magna, “conforme a las cuales ese derecho debe poder ejercitarse de manera libre, universal, directa y secreta”.


El ente rector 

Para asegurar la transparencia y legitimidad de las elecciones, la Academia insta a la Asamblea Nacional a conformar, como la Constitución estable, un Consejo Nacional Electoral plural e independiente, que lo integren representantes de distintos sectores sociales y personas desvinculadas de partidos políticos, tal y como exige el artículo 296.


El organismo subraya la importancia de que el Poder Electoral actúe con autonomía y cumpla con los principios de igualdad, transparencia, imparcialidad y eficiencia del proceso electoral para la elección del presidente de la República. 

Cecilia Sosa Gómez, Gerardo Fernández Villegas, Juan Cristóbal Carmona Borjas y Juan Carlos Pró-Rísquez

Exige que se respete, no solo el derecho a la participación, sino “regularizando la situación de los partidos políticos que fueron afectados al impedírseles, en procesos anteriores, participar con sus tarjetas” y se rehabilite a los ciudadanos “cuyos derechos políticos han sido cercenados mediante inconstitucionales inhabilitaciones administrativas”.


La Academia de Ciencias Políticas y Sociales recalca la necesidad de restablecer en Venezuela el orden constitucional de acuerdo con “los principios de legalidad, separación de los poderes y respeto a los derechos civiles, sociales, políticos y económicos de todos los ciudadanos”. 


Finalmente, la Academia de Ciencias Políticas y Sociales de Venezuela, reitera su disposición a colaborar, desde el ámbito académico y consultivo, con reflexiones y propuestas, para fortalecer las instituciones y contribuir a soluciones respetuosas del marco constitucional.

https://www.infobae.com/venezuela/2026/04/17/la-academia-de-ciencias-politicas-y-sociales-de-venezuela-pide-restablecer-el-orden-constitucional-y-llamar-a-elecciones/


miércoles, 15 de abril de 2026

Citgo, atrapada entre una tregua judicial y un vacío político que amenaza el activo más importante de Venezuela en el exterior

La suspensión del caso Stansell en Nueva York evidencia una transición inconclusa que mantiene en el limbo la defensa de la estatal petrolera


Sebastiana Barráez/ miércoles 15 de abril 2026
@SebastianaB
Tomado de Infobae

Citgo fue recuperada en su totalidad por CAPA y la Junta ad hoc de Pdvsa

Una suspensión judicial aprobada en Nueva York reabre el debate sobre quién defiende hoy los activos de Venezuela en Estados Unidos, en medio de una inédita falta de coordinación institucional, causada por el reconocimiento de la administración Trump de Delcy Rodríguez como presidenta de Venezuela. Citgo, el activo más valioso de Venezuela en el exterior, queda atrapado en una indefinición política y legal de alto riesgo, mientras los órganos creados por la Asamblea Nacional de 2015 continúan solos y sin recursos suficientes en la defensa de litigios millonarios.


El 3 de abril de 2026, en el marco del caso Stansell ante el Tribunal de Distrito de Nueva York, la junta ad hoc de PDVSA propuso a la representación de Delcy Rodríguez una suspensión del proceso. Ambas partes acordaron entonces presentar una solicitud conjunta para pausar el litigio durante 45 días, petición que fue aprobada por la Corte, le dijeron a Infobae fuentes consultadas. 

Delcy Rodríguez en una visita en la Planta de José con inversores chinos, el entonces ministro de Petróleo Manuel Quevedo y el presidente de Citgo Asdrúbal Chávez

Tras conocerse esta decisión, algunos medios informaron que el gobierno venezolano y la oposición estarían en condiciones de cooperar para proteger los activos del país en Estados Unidos. Sin embargo, hasta el momento, el gobierno interino de Delcy Rodríguez no ha establecido contacto con la Asamblea Nacional de 2015 ni con la junta administradora ad hoc de PDVSA. Tampoco ha solicitado información sobre las estrategias legales en curso, la identidad de los abogados que llevan los casos ni los mecanismos de coordinación para la eventual transferencia de litigios valorados en miles de millones de dólares.


Mientras tanto, los órganos creados por la Asamblea Nacional de 2015, entre ellos el Consejo de Administración de Protección de Activos (CAPA) y la junta ad hoc de PDVSA, están legalmente obligados a continuar la defensa judicial de los procesos en marcha. La normativa les impide rescindir contratos con los equipos legales o abandonar los litigios, especialmente aquellos que tienen audiencias y actuaciones previstas en los próximos días, como el juicio relacionado con la nulidad de los Bonos PDVSA 2020.

En medio de una campaña el régimen venezolano pedía a gritos a devolución de Citgo. Maduro la empeñó en su totalidad

Cabe destacar que tanto el CAPA como la junta ad hoc de PDVSA designaron ante el Departamento de Estado de Estados Unidos a los funcionarios responsables de atender estos litigios. Ahora, dichos órganos deben coordinar una eventual entrega de responsabilidades a Rodríguez, quien, según fuentes vinculadas al proceso, no ha asumido ni la conducción de los casos, ni los elevados costes legales, ni el impacto político que supondría una eventual pérdida de las demandas.


En este contexto, Rodríguez Gómez tampoco ha reclamado formalmente la administración de Citgo, una decisión que podría estar vinculada a consultas con el Gobierno estadounidense sobre la aceptación de determinados directores y sobre la continuidad del régimen de supervisión de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC).

La administración Trump reconoce a Rodríguez como presidente y crea un impacto sobre los juicios contra bienes de Venezuela en el exterior

Citgo, considerada el principal activo externo de Venezuela, está valorada entre 14.000 y 18.000 millones de dólares. La empresa dispone de más de 2.500 millones de dólares en efectivo, no ha repartido dividendos en los últimos siete años, carece de deudas significativas y opera al 100 % de su capacidad, incluso en medio de la actual crisis energética derivada del conflicto en Irán.


En 2019, el Gobierno de Nicolás Maduro dejó a Citgo completamente comprometida como garantía. Hoy, la compañía se encuentra plenamente recuperada tanto en lo operativo como en lo financiero. No obstante, fuentes cercanas al caso advierten que el expresidente estadounidense Donald Trump podría no haber calibrado el impacto que tendría para el patrimonio venezolano devolver el control de Citgo a quienes fueron acusados de desfalcar los recursos de la empresa y encarcelaron a seis de sus directivos.


Actualmente, la Asamblea Nacional de 2015 ya no es reconocida por Estados Unidos como gobierno de Venezuela y carece de los fondos y licencias necesarios para sostener los litigios en curso. Ante este escenario, resulta imperativo alcanzar un entendimiento con Delcy Rodríguez y con los Departamentos de Estado y de Justicia de Estados Unidos, a fin de garantizar la continuidad de la defensa legal de Venezuela y de sus entidades. Todo ello cobra especial relevancia de cara a una eventual reestructuración de la deuda venezolana, un objetivo que, según analistas, solo sería viable en un contexto democrático.

La firma de acuerdos con EEUU no ha resultado en interés sobre la empresa Citgo y los juicios que enfrenta en Nueva York

Bienes en riesgo

La mayoría de los argumentos legales empleados en los tribunales estadounidenses para proteger los activos de Venezuela en ese país se han sustentado en la premisa de que Nicolás Maduro ejerce el poder de forma ilegal e ilegítima. 


Ese planteamiento, sin embargo, se ve comprometido a raíz del reconocimiento por parte de Estados Unidos de Delcy Eloína Rodríguez Gómez, una figura central del régimen de Maduro y producto directo de un entramado de ilegalidad institucional.


La contradicción adquiere especial relevancia en los litigios iniciados por víctimas de las guerrillas colombianas de las FARC y el ELN contra el Estado venezolano. En esos casos, los demandantes han logrado embargos sobre activos de Petróleos de Venezuela (PDVSA), el Banco Central de Venezuela, el Banco de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (Banfanb) y el Banco de Desarrollo Económico y Social de Venezuela (Bandes). 


La principal línea de defensa ha sido que estas instituciones no actúan como instrumentos de los grupos guerrilleros, ni del propio Maduro, ni del denominado Cartel de los Soles.


No obstante, el eventual reconocimiento de Maduro como presidente y el Delcy Rodríguez como su vicepresidenta, debilitaría de forma sustancial la estrategia jurídica. De producirse ese escenario, dicha defensa perdería fundamento, lo que abriría la puerta no solo a la consolidación de los embargos, sino también a miles de reclamaciones indemnizatorias por parte de víctimas del régimen de Maduro y del círculo de poder encabezado por los Rodríguez, dirigidas contra el Estado venezolano y sus empresas públicas.


Una situación similar se presenta en el litigio vinculado a los bonos PDVSA 2020, cuya garantía recae sobre el 50,1 % de las acciones de Citgo Holding. En ese caso, PDVSA ha sostenido que los contratos fueron suscritos por Maduro sin la autorización previa de la Asamblea Nacional elegida en 2015, considerada la única instancia legislativa legal y legítima. El reconocimiento de Maduro invalidaría este argumento y dejaría a la petrolera estatal sin su principal defensa.


Otro frente judicial es el caso de la minera canadiense Crystallex, en el que se discuten actuaciones tanto del gobierno de Maduro como de PDVSA. En ese contexto, la paradoja jurídica se acentúa: la única alternativa para sostener determinadas defensas sería que Rodríguez Gómez admitiera que el propio gobierno del que es vicepresidenta es inconstitucional, una hipótesis que resulta poco probable.

La politización de la empresa PDVSA en Venezuela la llevó a una grave crisis

Dónde se inicia

El 12 de enero de 2026, la jueza Sarah Netburn, a cargo de demandas y solicitudes de embargo interpuestas por víctimas de actos terroristas contra PDVSA, la República Bolivariana de Venezuela y otras entidades estatales, emitió una orden en la que solicitó al Gobierno de Estados Unidos una declaración de interés. El objetivo era determinar a qué autoridad considerar como Gobierno reconocido de Venezuela tras la denominada Operación Resolución Absoluta, ejecutada el 3 de enero de ese mismo año.  


La magistrada buscaba así aclarar qué equipo legal está facultado para representar a determinadas entidades estatales venezolanas, en medio de disputas sobre la representación legítima surgidas en el marco del caso presentado por la viuda del exconcejal Fernando Albán, “Alban Osio contra Maduro Moros”, entre la firma White & Case LLP, representante de la Asamblea Nacional y de PDVSA ad hoc, así como de dos despachos: Kellner Herlihy Getty & Friedman LLP y Leon Cosgrove Jiménez LLP, que dicen representar a las mismas entidades venezolanas.


Pero también alcanzó los casos Stansell vs FARC, Pescatore vs Ovidio Ricardo Palmera Pineda, Caballero vs FARC, referente a las reclamaciones contra Valero-Petrocedeño- y Alban Osio, vs Maduro.


La Corte requirió en dos ocasiones la respuesta oficial. El Departamento de Justicia de Estados Unidos solicitó una prórroga para presentar la declaración de interés, alegando la necesidad de realizar consultas con los departamentos de Estado y del Tesoro. La solicitud fue aceptada y el plazo definitivo vencía el 11 de marzo de 2026.  


En un escrito del 10 de marzo el Departamento de Justicia remitió una breve declaración de interés acompañada de una carta firmada por Michael Kozak, jefe de la Oficina de Asuntos del Hemisferio Occidental del Departamento de Estado, en la que se reconoce a Delcy Eloína Rodríguez Gómez como jefa de Estado de Venezuela.  


En la comunicación, dirigida al fiscal Jay Clayton, Kozak reiteró que Estados Unidos desconoce a Nicolás Maduro como presidente de Venezuela y ratificó el reconocimiento de Juan Gerardo Guaidó Márquez como presidente interino durante el periodo 2019-2022, así como a la Asamblea Nacional electa en 2015, a la que calificó como “la última institución democrática que quedaba en Venezuela” a partir de 2023.  


No obstante, el funcionario añadió que, tras la captura de Nicolás Maduro Moros, el Gobierno estadounidense ha centrado sus esfuerzos en promover la estabilidad del país, apoyar su recuperación económica y avanzar en un proceso de reconciliación política. En ese contexto, el 5 de marzo de 2026, Estados Unidos anunció la normalización de las relaciones con Venezuela, reconociendo a Delcy Rodríguez como presidenta interina.

Los seis gerentes de Citgo que fueron detenidos por el régimen de Maduro y posteriormente canjeados con EEUU

Impacto sobre los juicios

Es entonces cuando, el 7 de marzo 2026, en la Cumbre Escudo de las Américas, el presidente Donald Trump anuncia que EEUU reconoció a “Delcy Rodríguez como único Jefe de Estado, capaz de actuar en nombre de Venezuela”.


Esa decisión trae consigo consecuencias legales porque los litigios contra la República y/o PDVSA ante las Cortes de los EEUU ha sido reconociendo al gobierno interino y de la AN de 2015, basado en que quien ejerce el cargo de presidente reconocido por EEUU tiene la autoridad para designar abogados en representación de la República. 


En 2025, el caso de los Bonos 2020 marcó un precedente al reconocer de manera explícita a la Asamblea Nacional elegida en 2015 como la autoridad legítima de Venezuela, otorgándole la capacidad de designar a los abogados que representarían al país ante los tribunales de Estados Unidos. 


Según una fuente consultada por Infobae, esta postura de la administración estadounidense implica que la facultad de representar a la República en los procesos judiciales en EEUU y de nombrar a los representantes legales recaería en Delcy Rodríguez, así como en el Procurador General designado por su gobierno.


Asimismo, se destaca que la estatal Petróleos de Venezuela (PDVSA), con sede en Caracas y bajo la dirección de los hermanos Rodríguez Gómez, está habilitada para gestionar licencias ante la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), designar juntas directivas, incluida la de CITGO, y nombrar a los abogados encargados de los litigios que enfrenta actualmente la PDVSA ad hoc, es decir, la entidad designada por la Asamblea Nacional de 2015.


https://www.infobae.com/venezuela/2026/04/15/citgo-atrapada-entre-una-tregua-judicial-y-un-vacio-politico-que-amenaza-el-activo-mas-importante-de-venezuela-en-el-exterior/


domingo, 12 de abril de 2026

Denuncian que un comandante venezolano detenido hace 17 meses es sometido a tratos “inhumanos” en prisión


 La familia de Darwin Rigoberto Sanabria León afirma que las autoridades no han informado sobre su paradero ni resuelto peticiones legales presentadas desde hace más de un año


Sebastiana Barráez/ domingo 12 de abril 2026
@SebastianaB
Tomado de Infobae

El teniente coronel (GNB) Darwin Rigoberto Sanabria León, era el Comandante de Apoyo Aéreo en Amazonas cuando fue detenido en noviembre de 2024

El 24 de noviembre de 2024, el teniente coronel (GNB) Darwin Rigoberto Sanabria León y diez oficiales más, fueron detenidos en Amazonas, por orden de un Tribunal Militar, acusados de presuntamente permitir el ingreso de aeronaves procedentes de Brasil a la Base de Protección Fronteriza Cerro Carlos Delgado Chalbaud. Familiares de Sanabria le dijeron a Infobae que el oficial ha sido trasladado de los centros de reclusión, sin que se conozca su paradero exacto. “Darwin ha recibido maltrato físico y psicológico, al punto de atentar contra su propia vida”.


La familia también denunció que el oficial fue recluido en la cárcel militar de Ramo Verde en febrero de 2025 y posteriormente trasladado al centro penitenciario de El Rodeo, sin que se les haya informado oficialmente si continúa allí o si fue nuevamente movido. Afirman que, en reiteradas ocasiones, no dispone de alimentos, cama ni agua para su aseo personal. “Se trata de un proceso inhumano al que ha sido sometido”, señalaron. 


Adicionalmente, los allegados indicaron haber recibido información según la cual Darwin Sanabria habría permanecido varios días en una celda de castigo. Denuncian la paralización del proceso judicial, al afirmar que los militares no han sido juzgados ni sentenciados y que el caso permanece estancado. 

La Base de Protección Fronteriza Cerro Carlos Delgado Chalbaud

La familia ha reiterado la solicitud de avocamiento para que se revise el expediente y se individualicen las responsabilidades, pero dicha petición permanece engavetada desde hace más de un año, sin respuesta alguna por parte de las autoridades competentes.


Fueron en total once militares los arrestados en noviembre 2024 en Amazonas en el marco de este caso. Entre los detenidos figuran el general de brigada Rafael Simón García Fernández, comandante de la Zona Nº 63; el coronel Euclides Rafael Gómez Salazar, segundo comandante y jefe del Estado Mayor; el teniente coronel Darwin Rigoberto Sanabria León, comandante de Apoyo Aéreo; y el mayor José Gregorio Santana Olivo, jefe de la División de Mantenimiento y Orden Interno.  


Asimismo, fueron privados de libertad los primeros tenientes Luis Gerardo Pérez Mendoza, jefe de Comandos Rurales; Jhon Kenner Buitrago Jaimes, jefe del Destacamento de Comandos Rurales 63-2 y comandante del Destacamento de Seguridad Urbana; así como los sargentos Ángel Alexis Barreto Pérez, Keibi Adrián Verenzuela Sandoval, Elvis Josué Pérez Salas y Antonio José Gutiérrez. 


De acuerdo con los familiares de Sanabria León, la mayoría de los detenidos “permanece en la cárcel y en el olvido”. Sostienen que la Fiscalía Militar instruye un único expediente para todos los implicados, imputándoles los mismos cargos, independientemente de su grado de responsabilidad o inocencia.


La detención

El 24 de noviembre de 2024, el teniente coronel Darwin Rigoberto Sanabria León, entonces comandante del Destacamento de Apoyo Aéreo N.º 63 de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB), acudió a una reunión convocada por el general de brigada José Ruiz Muñoz, comandante de la Zona GNB N.º 63. Durante el encuentro, Sanabria León fue informado de una orden de aprehensión en su contra, emitida por el capitán Jorge Daniel Cedeño, juez militar octavo de control.

De esta instalación militar, Comando de Zona de la GNB en Amazonas, se llevaron detenidos a los oficiales imputados por supuestamente permitir que una aeronave br

La investigación que derivó en su detención se originó a partir de la nota informativa N.º 0285-24, emitida el 20 de noviembre de 2024, por el Grupo Antiextorsión y Secuestro (GAES) N.º 63 Amazonas, y suscrita por el teniente coronel José Ángel Romero Cuamo. El documento indica que, el 15 de noviembre, mediante entrevistas y análisis de registros telefónicos, se habría detectado que personal militar destacado en la Base de Protección Fronteriza Cerro Delgado Chalbaud presuntamente brindó seguridad a mineros ilegales a cambio de material aurífero.

El puesto fronterizo Delgado Chalboud

De acuerdo con la investigación, a uno de los efectivos que participó en un relevo fronterizo se le habría hallado un video en el que se observa una aeronave negra de ala rotatoria, sin matrícula visible y presuntamente procedente de Brasil, aterrizando y despegando de dicha base. En las imágenes también se aprecia la presencia de dos hombres armados con indumentaria alusiva a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.


El Tcnel. Darwin Rigoberto Sanabria León fue trasladado, el 26 de noviembre 2024, al Tribunal de Primera Instancia Militar Octavo de Control del Circuito Judicial Penal Militar de Puerto Ayacucho; el fiscal militar, Cap. Martín Grimón Guipe, lo imputó por presunta Traición a la Patria, Ultraje a la FANB, Contra la Seguridad de la Fuerza Armada, Desobediencia Agravada y Abuso de Autoridad

En este lugar está la instalación militar en la que habría aterrizado y despegado la aeronave

El 11 de enero de 2025, la Fiscalía presentó formalmente el escrito acusatorio. Posteriormente, en la audiencia preliminar celebrada el 5 de febrero 2025, el juez Jorge Daniel Cedeño admitió la acusación y ordenó el inicio del juicio.


La carrera

El teniente coronel Darwin Rigoberto Sanabria León egreso de la EFOFAC en el 2005 de la II Promoción Toma de Puerto Cabello, y un par de años después del XXV Curso de Piloto Aviador. Su carrera la ha desarrollado en los estados fronterizos.


Desde el 2007 estuvo en zona fronteriza en los estados Bolívar y Amazonas, como tripulante en las misiones de Vuelo para relevos de las Bases de Protección Fronteriza y Bases de Seguridad Territorial: San Juan de Manapiare, San Fernando de Atabapo, La Esmeralda, Santa Bárbara del Amazonas, Parima B, San Carlos de Río Negro, Buena Vista del Meta, San Carlos del Meta, Cararabo del Meta. 


Fue piloto al mando de las misiones de Vuelo como Aeroambulancia en los fronterizos estados Apure y Zulia. Entre el 2010 al 2018 tripulante de las Misiones de Vuelo a órdenes de los comandantes Generales Freddy Alonzo Carrión, Luis Alfredo Motta Domínguez, Richard Jesús López Vargas y Néstor Luis Reverol Torres. También de los ministros de Defensa Carlos Mata Figueroa, Carmen Teresa Meléndez Rivas y Vladimir Padrino López. Y del entonces Comandante Estratégico Operacional, Almirante Remigio Ceballos Ichazo.


Desde el 2020 al 2023 fue comandante de Apoyo Aéreo Paramillo en San Cristóbal, en el fronterizo estado Táchira. De ahí pasa a ser, hasta su detención, comandante del Destacamento de Apoyo Aéreo Nro. 63, Puerto Ayacucho, del fronterizo estado Amazonas.


Autorizan desde Caracas

El Tcnel. Darwin Rigoberto Sanabria León fue designado, desde el 9 de septiembre 2023, según Resolución Nro 052532 del Ministerio de la Defensa, comandante del Destacamento de Apoyo Aéreo Nro. 63 de la Guardia Nacional Bolivariana, ubicado en la Base Aérea “GJ. José Antonio Páez”, municipio Atures, estado Amazonas.

La GNB fue puesta bajo escrutinio en el fronterizo estado Amazonas, uno de los estados de explotación del oro

Jenny Franchesca Ruiz de Sanabria, esposa del oficial dice, en un documento enviado a la Guardia Nacional, que el Tcnel. Darwin Sanabria León no tenía autonomía para planificar ni ejecutar vuelos militares por iniciativa propia. Explicó que cualquier traslado debía ser notificado a los superiores en Caracas y que solo tras la debida autorización se procedía a la asignación de la aeronave y la tripulación correspondientes.


Destacó además que, dentro de la estructura organizativa de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB), Sanabria León, en su condición de jefe del Destacamento de Apoyo Aéreo N.º 63, no dependía del Comando de Zona para impartir órdenes al personal. En ese sentido, sostuvo que no tenía facultades para designar efectivos en los relevos fronterizos, ni estaba autorizado a abordar las aeronaves durante esas operaciones o a trasladarse a las bases, mucho menos a ausentarse de su comando dejando de supervisar las operaciones aéreas.


Ruiz de Sanabria también subrayó que la Base de Protección Fronteriza Cerro Delgado Chalbaud carece de control radar por parte del Estado venezolano y no dispone de señal telefónica, contando únicamente con conexión mediante wifi portátil.


Aseguró que el Tcnel. Sanabria León no participó en actividades de minería ilegal y que no existe ningún elemento que permita presumir su vinculación con los hechos.


Los delitos imputados

En el caso que involucra al teniente coronel Darwin Sanabria, el proceso judicial alcanza a un total de diez imputados, a quienes la Fiscalía atribuye los mismos cinco delitos. Sin embargo, estas acusaciones son rechazadas por su esposa, Jenny de Sanabria, quien cuestiona la solidez de los señalamientos.

El General de Brigada Rafael Simón García Fernández fue el oficial de más alto rango detenido en el grupo de los once militares

Respecto al presunto delito de traición a la patria, Ruiz de Sanabria sostiene que la acusación no especifica cuál habría sido la conducta concreta atribuida a su esposo. Según explica, el Ministerio Público se limita a señalar que el oficial supuestamente participaba en actividades de minería ilegal en el cerro Delgado Chalbaud, lugar donde presuntamente ocurrieron los hechos, sin aportar testigos ni pruebas que demuestren su traslado al sitio o su vinculación directa con dichas actividades. Además, afirma que el expediente fiscal tampoco detalla cuál habría sido el supuesto beneficio obtenido.


Sobre el delito de ultraje a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB), la Fiscalía asegura que Sanabria recibía presuntamente, durante cinco días de cada mes, un 20 %, sin precisar de qué concepto, en un sector adyacente a la Base de Protección Fronteriza del cerro Delgado Chalbaud. No obstante, según su esposa, durante las actuaciones no se le encontró grama alguno, dinero ni otros elementos que respalden esa versión.


En cuanto al delito contra la seguridad de la Fuerza Armada, afirma que no existe constancia de que el oficial haya revelado órdenes, consignas, documentos o información clasificada o reservada de la institución militar.


El Ministerio Público argumenta que Sanabria conocía los riesgos a los que se expone el personal militar desplegado en el relevo fronterizo y que habría permitido el ingreso de aeronaves ajenas a la Fuerza Armada. Frente a ello, su esposa aclara que el teniente coronel no desempeñaba funciones en esa zona de seguridad ni ordenó el traslado de funcionarios al lugar.


Finalmente, no comprende cómo su esposo es imputado por desobediencia agravada y abuso de autoridad, sin prueba alguna de que haya ordenado a personal militar trasladarse a la Base de Protección Fronteriza. Añade que en el material audiovisual al que se refiere la Fiscalía no van a encontrar participación alguna del oficial, ya que “nunca estuvo en dicha zona”.


https://www.infobae.com/venezuela/2026/04/12/denuncian-que-un-comandante-venezolano-detenido-hace-17-meses-es-sometido-a-tratos-inhumanos-en-prision/


Militares retirados denuncian “ruptura del orden constitucional” y piden elecciones libres en Venezuela

  La agrupación de oficiales en retiro advierte sobre el quiebre institucional y propone superar la crisis mediante comicios bajo conducción...