domingo, 18 de octubre de 2026

Denuncian que un teniente coronel retirado venezolano sufrió brutales torturas en prisión

 

La defensa del teniente coronel retirado José Tomás Gómez Machuca afirma que fue detenido y allanado sin orden judicial. El Ministerio Público lo acusa de participar en una presunta organización vinculada con el tráfico de drogas y la legitimación de capitales.


Sebastiana Barráez/ domingo 18 de octubre 2026
Tomado de Infobae

Teniente Coronel retirado (GNB) José Tomás Gómez Machuca está detenido en Tocorón.

Familiares y defensores del teniente coronel retirado (GNB) José Tomás Gómez Machuca afirman que fue detenido y allanado sin orden judicial, incomunicado y sometido a torturas. El Ministerio Público lo acusa de participar en una presunta organización vinculada con el tráfico de drogas y la legitimación de capitales.


Según el relato dado a conocer a Infobae, la mañana del 5 de octubre 2025, José Tomás Gómez Machuca bajó del apartamento donde vivía, en La Tahona, municipio Baruta, después de que dos funcionarios de Polibaruta informaran al conserje que llevaban una citación oficial. mientras conversaba con los agentes llegaron cuatro camionetas con hombres vestidos de negro y sin identificación. Delante de sus hijos pequeños, se lo llevaron sin mostrar una orden de aprehensión. Dos horas después, cuatro hombres y una mujer regresaron al inmueble con Gómez esposado y sin orden judicial, sin testigos ni presencia del Ministerio Público realizaron un allanamiento. Los funcionarios preguntaban por un fusil, otras armas, una caja fuerte y un teléfono antiguo, pero no habrían encontrado esos objetos.


Al término del procedimiento se llevaron dos teléfonos, la pistola personal de Gómez, el porte de armas, su cédula, la billetera con sus documentos y un bolso vacío, según la versión dada a Infobae. Gómez, que se encontraba en situación de reserva activa desde 2019, habría gritado que se lo llevaba el Grupo de Operaciones Estratégicas (GOES).

El GOES es una unidad táctica y de inteligencia de élite adscrita al ministerio de Interior y Justicia que dirige Diosdado cabello Rondón.

El 4 de octubre 2026, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en la Resolución 81/2026, otorgó medidas cautelares a cuatro personas, entre ellas al teniente coronel Tomás José Gómez Machuca. Le solicitó al régimen venezolano que adoptara las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida, integridad personal y salud de Gómez y los otros beneficiarios. “Implemente las medidas suficientes para asegurar que las condiciones de detención de las personas beneficiarias sean compatibles con los estándares internacionales aplicables”, dijo la CIDH.

Incomunicación y hospitalización
Los familiares acudieron a la sede del GOES en Las Mercedes, Caracas, pero allí negaron que Gómez estuviera detenido. Posteriormente les indicaron que había sido trasladado al Comando Nacional Antidrogas (CNA), en Las Acacias. En ese lugar también negaron inicialmente su presencia y luego admitieron que se encontraba allí, aunque sin permitir visitas ni comunicaciones.  

Días más tarde, la familia supo que Gómez había sido ingresado en el Hospital Militar de Caracas en estado crítico. De acuerdo con la denuncia, presentaba múltiples hematomas, politraumatismos y un derrame pleural atribuido a golpes recibidos durante la detención. Para estabilizarlo fue sometido a una toracostomía.

El GOES señala que el nuevo jefe del Cartel de Paraguaná era Lucas Yvan Albornett Salazar quien asumió el alias Chiche Smith.

Un familiar que logró verlo en el hospital relató que no podía caminar ni sentarse con normalidad y que respiraba con dificultad. Desde entonces, aseguran sus allegados, padece apnea obstructiva del sueño, problemas estomacales y ansiedad. También recibió atención psiquiátrica.

La familia sostiene que Gómez fue torturado en instalaciones del GOES y obligado a grabar dos videos. Afirma además que, tras autolesionarse en el cuello, fue trasladado al Hospital Militar y presionado para firmar una delación que involucraba a empresas, casas de cambio y otras personas detenidas.

Audiencia telemática y coacción
Casi un mes después de su detención, mientras permanecía hospitalizado, Gómez compareció en una audiencia telemática. Según denuncian le entregaron una declaración escrita para que la leyera. Aunque lo hizo, se negó a firmarla y alegó que había actuado bajo coacción, amenazas y torturas. La familia

denuncia que no se le permitió designar a un abogado privado y le fue impuesto el defensor público Samuel Serrano. El proceso fue conocido por el juez Edwin Jesús Vásquez Goyo, del Tribunal Especial Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control con competencia nacional en delitos asociados al terrorismo, corrupción y delincuencia organizada.

En el Comando Nacional Antidrogas estuvieron recluidos todos los de la causa incluyendo a Gómez Machuca.

El expediente fiscal es el MP-160643-2025 y la causa judicial está identificada como 04OCT-S-102-2025. En el caso también figura como acusado Lucas Yvan Albornett Salazar, oriundo de Carúpano, estado Sucre.

La acusación
Los fiscales auxiliares Edgar Maurera Villareal y Jiomary Sinaí Terán Guzmán acusaron a Gómez como presunto coautor de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas y de asociación. La investigación se refiere a hechos que, según el expediente, habrían ocurrido años atrás.

La tesis oficial vincula a Gómez con una supuesta estructura denominada por los investigadores Grupo Estructurado de Delincuencia Organizada (GEDO), relacionada con el llamado Cartel de Paraguaná. Los funcionarios ubican a Alexander Albornett como jefe del grupo y señalan como presuntos coautores a Lucas Yvan Albornett Salazar y a José Tomás Gómez Machuca.

El Ministerio Público sostiene que Gómez habría desempeñado funciones de gestión y administración dentro de la organización, como supuesto enlace y financista. La acusación menciona operaciones de cambio de divisas por 700.000 dólares y comunicaciones con Albornett mediante WhatsApp.

La versión policial se apoya, entre otros elementos, en declaraciones de testigos y delatores, hallazgos efectuados en inmuebles vinculados con otros investigados y comunicaciones atribuidas a los acusados. No obstante, no se sabe si esos elementos fueron sometidos a peritajes independientes ni incorpora la respuesta formal de la defensa frente a cada señalamiento.


La versión policial

De acuerdo con las actas policiales, el caso se remonta al 1 de septiembre de 2025, cuando funcionarios del GOES dice que se trasladaron a puertos pesqueros de Higuerote y Carenero, en el municipio Brión del estado Miranda, para verificar el movimiento de embarcaciones.

La detención de Emilio Enrique Martínez alias Chiche Smit en abril 2021.

Según los funcionarios, un hombre identificado como “Testigo 1” les habría relatado que, a mediados de julio, observó la llegada de una embarcación con bultos de gran tamaño que luego fueron transbordados a naves más pequeñas. También, que al lugar llegaron hombres armados en dos camionetas y mencionó a dos identificados mediante apodos: alias El Menor y alias Jhonny El Yostin.

Según, esa versión del Testigo 1, alias El Menor habría llamado a través de un teléfono satelital, enviando un mensaje a “Fernando Bermúdez que trate de coordinar las embarcaciones que lleguen allá. Aquí Cristian Pescao ya las mandó con toda la plata, que la pasen en USDT a la cuenta de Julio Bello” y que se activara con su procesadora de pescado en la Isla de Margarita). “Aquí está Yostin conmigo y él también está al tanto".

La investigación incorporó después nombres obtenidos, según los funcionarios, mediante búsquedas en internet y testimonios de otras personas: Jhonny Alexander Silva Rodríguez, alias Justin o Yostin y Fernando José Bermúdez Ramos con supuesta participación en la trama de corrupción Pdvsa-Cripto.

Según funcionarios investigando empresas o estructuras financieras usadas para legitimar capitales o financiar actos de narcoterrorismo, y asesores de la organización, dieron con Marly Maybeth Gómez Almeda, comisaria (contadora) de varias empresas de Julio Bello, vinculado al caso, pero también vinculación financiera con Alexánder Rafael Albornett Vizcaíno, dueño de la empresa Abrinar, CA.
 
Una testigo identificada como Marvily les habría dicho a los funcionarios que “existe relación directa entre Alexander Albornett, con el Cartel de Paraguaná que desempeña sus operaciones desde el estado Sucre, liderada por Lucas Yvan Albornett Salazar actualmente conocido con el alias de Chiche Smith". 

Según la versión de los cuerpos de seguridad, entre las referencias figura un delator que atribuyó a Gómez Machuca participación en actividades vinculadas con transporte de drogas, extorsión y lavado de activos. 

Traslado a Tocorón
Gómez estuvo recluido inicialmente en el Comando Nacional Antidrogas y posteriormente fue trasladado al Centro Penitenciario de Aragua, conocido como Tocorón, junto con otros detenidos. Su familia afirma que fue separado de una causa que originalmente agrupaba a más de 20 personas.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos otorgó medidas cautelares a Gómez Machuca el 4 de octubre 2026.

Los allegados aseguran haber denunciado el caso ante la Asamblea Nacional, la Defensoría del Pueblo y el Ministerio para el Servicio Penitenciario. El departamento de Salud del Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses (Senamecf) le practicó una evaluación física, y la Fiscalía 11 del estado Aragua también habría intervenido.

El Primer Inspector  de la PNB, Cabrera Peyer, asevera que en la inspección realizada a un inmueble de Lucas Albornett había un escrito, en el que Gómez Machuca “realizó la solicitud de un crédito a la finca del ciudadano investigado, a través del Instituto Nacional de Tierras (INTI), mediante la fundación Ezequiel Zamora”.

En las as diligencias y declaraciones aparecen funcionarios del GOES, la Policía Nacional Bolivariana y componentes militares. Entre ellos se mencionan a Margie Alvarado, Cabrera Peyer, Jonny Ruiz, Luigi Revello, Leonardo García, Franyer Sánchez, José García, Francisco Rodríguez, Elihu Rodríguez, Cruz Jhon, Zerpa, José Ribas, Johnny Rodríguez, Brian Herrera, Jhonjeiser Vásquez, Andrea Azuaje, Gerson Napoli, José Liendo, Marcos Boada, Marco Elías, Luis Miguel Marcano de la Cruz, Kristoffer Aly Gil Coronado y Josnell Dudamel.

Hasta el momento en que va la causa judicial, no consta una respuesta pública de las instituciones señaladas a las denuncias de allanamiento irregular, incomunicación, coacción y torturas. Tampoco se recoge una decisión judicial definitiva sobre la responsabilidad penal de Gómez Machuca y los otros de la causa.

venezuela/https://www.infobae.com/venezuela/2026/10/18/denuncian-que-un-teniente-coronel-retirado-sufrio-brutales-torturas-en-prision-y-se-encuentra-incomunicado-en-venezuela/

jueves, 15 de octubre de 2026

Peritaje militar expuso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos el uso ilegal de la fuerza en Venezuela


El coronel retirado Antonio Guevara Fernández explicó ante el tribunal que la actuación de la Guardia Nacional no cumplió con las pautas constitucionales ni procedimentales para evitar las muertes y los mas de 300 heridos de bala el 11 de abril de 2002.


Sebastiana Barráez/ jueves 15 de octubre 2026
Tomado de Infobae

La activación del Plan Ávila fue cuestionada en el peritaje militar.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) realizó la audiencia del caso Trujillo y otros vs. Venezuela, en San José, Costa Rica, para examinar la responsabilidad internacional del Estado venezolano por violaciones de derechos humanos durante el 11 de Abril 2002, día en que 19 personas fueron asesinadas y más de 300 heridas de bala. Como perito militar sobre la actuación de la Guardia Nacional Bolivariana en el uso de la fuerza, fue convocado el coronel retirado (Ej) Antonio María Guevara Fernández.


Explicó el oficial venezolano que la prioridad fundamental de la Fuerza Pública “es resguardar al ciudadano” y que el último recurso en el proceso de contención es el uso de la fuerza. “La GNB no desplegó los mejores esfuerzos para evitar víctimas durante la marcha de la Oposición en ese momento”, dijo como respuesta a una pregunta de Alfredo Romero, presidente del Foro Penal.


Ante la opacidad de la información oficial dijo que las únicas figuras que se pueden identificar es el comandante General de la GNB, GD Francisco Belisario Landis y el jefe del Comando Regional Nr. 5, GD Eugenio Gutiérrez Ramos. Sobre los comandantes de destacamentos, de compañías y de pelotón desplegados para el Plan Oro Negro “no hay referentes para identificarlos”.


Ante la precisión que le pidió el juez Alberto Borea Odría sobre la actuación del jefe del CUFAN, general (Ej.) Manuel Antonio Rosendo, en la Red Tiburón, el coronel Guevara explicó que el oficial fue excluido intencionalmente de dicha red.


Julio Henríquez coordinador Internacional del Foro Penal, en representación de las presuntas víctimas, en este caso de Yanfri Querales, hermana del joven Juan David Querales, quien fue asesinado de un disparo el 11 de Abril.


La Comisión Interamericana de Derechos Humanos estuvo representada en la audiencia por Cristina Blanco, coordinadora de la sección de casos de la secretaría ejecutiva y Daniela Saavedra, asesora de dicha secretaría.


Cristina Blanco, coordinadora de la sección de casos de la secretaría ejecutiva de la Comisión Interamericana de DDHH y Daniela Saavedra, asesora de la secretaría.

Sistemas de desviación

En el dictamen pericial el coronel Guevara Fernández concluye que la actuación de la GNB en los sucesos del 11 de Abril 2002 “no cumplió con las pautas constitucionales, legales, reglamentarias, doctrinarias, procedimentales ni convencionales que debían regir el uso de la fuerza”.Sobre el Plan de Operaciones Oro Negro y la Red de Comunicaciones Tiburón considera que fueron “los instrumentos de una desviación deliberada del sistema regular del mando. Su diseño vulneró los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad, precaución, neutralidad y rendición de cuentas”.

Ante la responsabilidad del mando militar sostiene que “no se limitaba a emitir órdenes abstractas; exigía garantizar su legalidad, supervisar la ejecución y prevenir violaciones a los derechos humanos y remitir los resultados de sus acciones a los órganos competentes para el ejercicio de la contraloría legal y operacional”. Al abdicar de tales deberes, mediante una subordinación acrítica y una planificación paralela, se desarticularon los mecanismos institucionales de protección cívica”, sostuvo el coronel Guevara.

El perito militar en la audiencia de la Corte Interamericana fue el Coronel retirado del Ejército, Antonio María Guevara Fernández.

El proceso en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos se inició en 2002, con la denuncia inicialmente presentada con participaron de Alfredo Romero y Gonzalo Himiob, por el Foro Penal y quienes estuvieron presentes en la audiencia realizada este 14 de octubre en Costa Rica. Casi 25 años después de los hechos del 11 de abril de 2002, se dio la audiencia el 14 de octubre 2026, a cargo de la jueza Patricia Carolina Rosario Pérez Goldberg, vicepresidente de la Corte Interamericana.

El expediente llegó a la Corte el 9 de julio 2024 remitido por la Comisión Interamericana, que en su Informe de Fondo n.º 313/23, que consideró que el Estado venezolano violó los derechos a la vida, la integridad personal, la reunión, las garantías y la protección judiciales. Además, el Estado no demostró que el uso de la fuerza letal contra las víctimas hubiera sido legítimo, necesario y proporcionado. Las investigaciones no esclarecieron los hechos ni sancionaron a los responsables.

La evaluación pericial

Guevara Fernández le dijo a los Jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que el objeto central del peritaje ha sido determinar si la Guardia Nacional Bolivariana (GNB), el 11 de Abril 2002, actuó con apego a las pautas constitucionales, legales, reglamentarias, doctrinarias y convencionales que rigen el uso progresivo y diferenciado de la fuerza en la gestión del orden público.

El general Manuel Antonio Rosendo, jefe del Comando Unificado de la Fuerza Armada para el 11 de Abril 2002 fue excluido de la Red Tiburón.

El coronel sostuvo que la doctrina militar de Estado Mayor y el marco normativo venezolano vigentes para el 2002, según los artículos 55, 328 y 329 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, imponen que “las tareas de control de orden interno mantengan una primacía civil y respeten de forma absoluta los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad, precaución y rendición de cuentas”.

Recurrió a la experiencia histórica comparada, desde la masacre de Sharpeville en Sudáfrica, el 21 de marzo de 1960, cuando la policía disparó contra los manifestantes contra el régimen del apartheid; lo ocurrido en la Universidad Estatal de Kent en mayo de 1970 cuando la policía de Ohio disparó contra estudiantes desarmados; y los sucesos en la Plaza de Tiananmén de Pekín en junio de 1989, cuando la represión del ejército chino acabó con centenares de manifestantes por la democracia; y El Caracazo en febrero de 1989 cuando fuerzas militares causaron centenares de muertos.

A juicio de Guevara hechos como esos demuestran que “cuando el Estado despliega tropas entrenadas para la guerra urbana o activa planes de combate frente a concentraciones ciudadanas sin reglas claras de desescalamiento, se sustituye la protección cívica por la lógica bélica del enemigo a neutralizar’”.

Gonzalo Himiob, Alfredo Romero y Julio Henríquez del Foro Penal presentes en la Audiencia de la Corte Interamericana.

El Plan Oro Negro

El perito militar manifestó que el 11 de abril 2002, la Comandancia General de la Guardia Nacional aplicó en Caracas un dispositivo operacional denominado Plan de Operaciones Oro Negro. “A través del riguroso método de evaluación de Estado Mayor, este peritaje concluye que dicho plan estuvo viciado de una ilegalidad e ilegitimidad de origen”.

Sostiene su tesis en razones técnico-operacionales: Incompetencia funcional y vicio de origen, quiebre de la cadena de mando y elusión de la doctrina y desviación del fin constitucional.

Explica cada una, partiendo de que “el Plan Oro Negro fue estructurado de manera unilateral e inconsulta por el comandante General de la GNB”, por lo que desplazó la autoridad del jefe del Comando Unificado de la Fuerza Armada Nacional (CUFAN), “órgano legal y doctrinariamente competente para integrar la planificación y ejercer el control operacional de la guarnición militar de Caracas en el marco del Plan Soberanía/Ávila”.

La audiencia estuvo presidida por la jueza Patricia Carolina Rosario Pérez Goldberg, vicepresidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

En cuanto a la cadena de mando y la doctrina, Guevara expresa que la concepción del plan encontró firme oposición interna incluso en el Alto Mando de la Guardia Nacional, encabezada por el Inspector General, el Jefe del Estado Mayor General y el Jefe del Comando de Operaciones. Ellos advirtieron “sobre los severos riesgos de vulneración de los derechos humanos”.

Asevera el perito militar que “la decisión personal se impuso mediante un esquema de ‘obediencia ciega’ desacoplado de la doctrina de Estado Mayor, omitiendo las apreciaciones científicas de la situación y la evaluación del factor ‘Derechos Humanos’”.

Y en cuanto a la desviación del fin constitucional, manifiesta que “la estrategia articuló una respuesta político-militar que toleró e instrumentalizó la presencia de grupos civiles armados afines al gobierno, rompiendo el deber de neutralidad y el carácter apolítico consagrado en el artículo 328 constitucional”.

La actuación del jefe del Comando Unificado de la Fuerza Armada el 11 de Abril fue un tema que el juez Alberto Borea Odría insistió en precisar.

La Red “Tiburón”

Para Guevara uno de los hallazgos más graves e indiciarios del peritaje es la operatividad de la red de comunicaciones tácticas de radiofrecuencia denominada Red “Tiburón”.

Explica que, en la arquitectura de comando y control de las Fuerzas Armadas, el puesto de mando debe mantener un canal único e integrado, pero “la Red Tiburón funcionó como un canal paralelo y clandestino que conectó directamente al Presidente de la República (Tiburón 1) y a la Fuerza de Tarea Ávila (Tiburón 6) con mandos subordinados, excluyendo deliberadamente de la malla de transmisiones al comandante del CUFAN”.

Para el coronel esa exclusión “no fue un fallo técnico incidental”, al contrario, fue “una maniobra deliberada de fragmentación del mando” para “privar a la autoridad operacional legítima del conocimiento en tiempo real sobre las órdenes impartidas, impedir el ejercicio de controles institucionales para frenar excesos y opacar la trazabilidad de la cadena de mando para evadir la posterior rendición de cuentas e investigación judicial”.

Bajo la Red Tiburón, sostiene el coronel Guevara, se impartió la orden directa e incondicional de ejecutar el Plan Ávila, un plan de combate operacional, sin que mediara “la formalidad constitucional previa de un Decreto de Estado de Excepción publicado en Gaceta Oficial, viciando de ilicitud manifiesta todas las operaciones desplegadas”.

Pautas no cumplidas

Sobre las directrices para el Uso de la Fuerza, el coronel asevera que “en la ejecución táctica sobre el terreno, la Guardia Nacional Bolivariana incurrió en incumplimiento sistemático (evaluado como NO GO en los estándares doctrinarios) de las pautas del uso de la fuerza”.

Cita entre esos lineamientos el uso de armamento de guerra, ausencia de escalonamiento táctico, falta de contención de terceros armados y quiebre de los controles post-evento.

Explica que es así como “se violó la normativa táctica de orden público

al desplegar efectivos armados con fusiles de asalto calibre 7,62 mm (Fusil

Automático Liviano - FAL) con cartuchería real, cargados y aprovisionados y pistolas Gran Potencia (PGP) en medio de manifestaciones cívicas”.

Así mismo, “no se agotaron los medios de prevención, comunicación, disuasión ni barreras físicas. Se transitó de forma intempestiva hacia la contención armada y a la confrontación directa”.

Por otra parte, “la fuerza pública no actuó para neutralizar ni separar a los elementos paramilitares armados que dispararon en las inmediaciones del perímetro de contención”.

La marcha del 11 de Abril 2002 en Caracas fue multitudinaria.

Y sobre el quiebre de los controles post-evento, dice que “se omitieron las auditorías posteriores a la ejecución del plan. El plan de operaciones Oro Negro y la red de comunicaciones Tiburón no fueron consignadas dentro de un expediente forense a la Inspectoría General de la Guardia Nacional, al Comando Unificado de la Fuerza Armada Nacional, al Estado Mayor Conjunto y al ministerio de la Defensa”. Tampoco se incorporaron pruebas balísticas inmediatas e imparciales del armamento y munición utilizados al retorno a los parques de armas.

Sostiene Guevara que la combinación de una planificación paralela, un canal de mando opaco y el despliegue de poder de fuego letal causó 19 víctimas fatales y decenas de heridos. Cataloga ese resultado no como “excesos individuales aislados de los comandantes responsables”.

A su juicio es “la consecuencia directa e inexorable de un dispositivo de planificación doctrinariamente improvisado y concertado desde el comando general de la Guardia Nacional hasta el Comando Regional número 5, estructuralmente ilegítimo, operacionalmente dislocado del plan rector Soberanía / Ávila y viciado políticamente desde su origen”.

https://www.infobae.com/venezuela/2026/10/15/peritaje-militar-ante-la-corte-interamericana-de-derechos-humanos-expone-el-uso-ilegal-de-la-fuerza-en-venezuela/










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martes, 13 de octubre de 2026

El Ejército corta la reincorporación anual de oficiales de cinco promociones y retira a 88 oficiales

 

En los componentes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana ponen fin a las prórrogas de oficiales que habían sido reincorporados. El impacto económico detrás de las bajas de una general de brigada, 84 coroneles y tres sargentos de cinco promociones que dejarán el servicio activo.


Sebastiana Barráez/ martes 13 de octubre 2026
Tomado de Infobae

El Mayor General Pedro Esteban González Ovalles, Comandante General del Ejército.

El Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (Ipsfanb) cambia la situación administrativa de 88 integrantes del Ejército cuya reincorporación había vencido el 30 de junio de 2026, de acuerdo con una comunicación fechada el 3 de septiembre. El grupo está integrado por una general de brigada, 84 coroneles y tres sargentos. 


En el oficio, el presidente del instituto, general de división César Augusto Febres Cabello, solicitó al comandante general del Ejército, mayor general Pedro Esteban González Ovalles, la remisión de los expedientes correspondientes. La comunicación incluyó una lista con los 88 nombres. Medidas similares se produjeron en la Aviación, la Guardia Nacional y la Armada.

 

Los oficiales pertenecen a las promociones de 1994, 1995, 1996, 1997 y 1998. Ya habían pasado a retiro por alcanzar el tiempo máximo de permanencia en sus grados sin ascender, pero posteriormente fueron reincorporados y su condición de activos se renovaba cada año.


Esta vez, las autoridades decidieron no extender las reincorporaciones. La medida ha generado malestar entre algunos de los afectados, quienes deberán abandonar la institución castrense.


El peso económico

La general de Brigada (Ej.) Rosalbina Teresa de Jesús Hurtado Ruiz.

Un oficial, en conversación con Infobae, explicó que el principal incentivo para permanecer en servicio activo es económico. Aseguró que los militares activos reciben un bono de corresponsabilidad de entre 400 y 600 dólares, beneficio que desaparece cuando pasan a retiro.


Según su versión, un militar percibe alrededor de 240 dólares: 40 por concepto de alimentación y 200 de salario integral. Añadió que el sueldo base es de 130 bolívares y que la remuneración mensual de un general no alcanza los 900 bolívares.


El oficial sostuvo además que quienes salieron de baja en julio recibieron un pago extraordinario por “servicios a la patria”: el equivalente en bolívares a 60.000 dólares para los generales, 40.000 para los coroneles y 2.000 para los sargentos. 

A la comunicación del presidente del Ipsfa se adjuntó la lista de los 88 oficiales.

En la comunicación, Febres Cabello señaló que no se liquidará la asignación de antigüedad a los militares que ocupen viviendas de guarnición hasta que formalicen su entrega. La misma condición se aplicaría a quienes tengan una medida cautelar relacionada con ese beneficio, mientras el tribunal no remita una sentencia definitiva.


El artículo 139 de la reforma de la Ley Orgánica de la Fuerza Armada, aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente en 2017, contempla la permanencia máxima en el grado o jerarquía. La norma establece que el militar que haya cumplido el tiempo mínimo de servicio y no ascienda al grado inmediato superior podrá permanecer hasta dos años adicionales antes de pasar a la reserva activa.


El cese de las renovaciones anuales marca así el final de un mecanismo que permitió a estos militares regresar al servicio activo después de haber sido retirados por falta de ascenso.


Ya no son activos

General de División César Augusto Febres Cabello presidente del Instituto de Previsión Social de la FANB.

En la lista de 88 militares a quienes ya no les renovaron la actividad, el oficial de más alto rango es Rosalbina Teresa de Jesús Hurtado Ruiz, quien es médico ginecólogo y obstetra infantil; ella ascendió en el 2024 a general de Brigada. Tres sargentos: Alberto José Parada Sánchez, Wilson Alexis Flores Hidalgo y Rafael David Ramos Hernández. 


Y los 84 coroneles son: Eduardo José Bastida Parra, José Gregorio Luchon Vasquez, Gustavo José Melendez Useche, Leonardo Ysmael Osio Silva, Francis Edward Sánchez Medina, Cristo Nerio Molina Carrillo, Richard Rafael Ruiz Álvarez, José Ramon Salazar Cuicar, Franklin Daniel Briones Cedeño, Dares Avilo Chirinos Peraza, Gonzalo José González León, Alexis Manuel Almeida Parejo, Edicson Darwin Álvarez.


También, Javier Alfonzo Valero, Julián Eleazar Rosas Alvarado, Luis Alfredo Lucena Millán, Gregorio Edecio Reyes Cuica, Ysviel Ysrraek Rojas Román, Freddy Alexander Salomón Solorzano, Hugo Enrique Pacheco Salazar, Ricaurte José Montilla Rosas, Guzman José Machado Nava, Elvis Alonso Chávez Rodríguez, Henry José Sumavila Fuentes, Fernando Alfredo Parra Ortiz, Rafael Ángel Chávez Rivas, Javier Enrique González Sthormes, Gerson Vladimir Moncada Guerra, Keneth Eduardo García Sánchez, Rafael Alberto Osorio García, Rafael Tomas González De La Cueva, José Wilfredo Linares Coronado, Pedro José Lobo Matheus, Leonardo Marín Gamboa, Leonidas Sánchez López.


Le sigue, Inger Orlando Vargas Valderrama, Raúl Hernan Moncada Ovalles, Carlos Eduardo Medina Zambrano, Keither José Manuel Jiménez, José Ángel Castro Díaz, Lisandro José Bogarin Campos, Carlos Enrique Viana Sosa, Leydems Humberto Saavedra Ramos, Luis Eliazio Cáceres Guevara, José Vicente Rangel Ruiz, José Gonzalo Moreno Carrillo, Miguel de Jesús Soto, Carlos Federico Lugo Rivera, Howard Raphael Machado Vegas, Alfredo José García Jaramillo, Raimons Enrique Sánchez Guillén, Franklin José Varela Rangel, Novis Enrique Borges Fernández.


Igualmente, Evencio José Carrera Calzadilla, César Augusto Ontivero Pérez, Yondin Gerardo Camacaro Padillai, Carlos César Cardona De La Cruz, Freddy José Sánchez Fernández, Reinaldo William Laka Seuas, Heivan Antonio Palma Ericeño, Oswaldo José Flores Rojas, Irvin José Núñez Velásquez, Luis Concepción Medina Guzmán, Luis Manuel Arauio González, Luis Enrique Sandoval Machado, Manuel Augusto Vivas Martínez, Oswaldo José Mendoza Zabala, Carlos José Patiño Briceño.


Cierran el cuadro, Jesús Ernesto Viloria León, Alfonzo Jesús Parra Castillo, Alexis Ramón Gómez Ceballos, Richard Yovanny Contreras Gámez, Juan Carlos Marcano González, Rómulo Alejandro Machuca Malpica, Luis Ricardo Prato, Osland José Medina Cerrada, Jhoman Alcides Pinto Rosales, Salomo Rafael García Cuberos, Elio Mundaray Zorrilla, Abrahan José Pildain Torres, Alexis José Kilzi Kahwati, Francisco Javier Castro Villamizar, Víctor Ernesto Valero Albarrán y Jhony Enrique Rondón Gamboa.


https://www.infobae.com/venezuela/2026/10/13/el-ejercito-corta-la-reincorporacion-anual-de-oficiales-de-cinco-promociones-y-retira-a-88-oficiales/


domingo, 11 de octubre de 2026

Denuncian irregularidades en el proceso judicial contra el Mayor del Ejército venezolano acusado de robar material militar


La familia de Marvin Rafael Cequera Mendoza y sus abogados denuncian que el tribunal les negó acceso efectivo al expediente. Fuentes oficiales lo señalan de haber participado en operaciones irregulares con armas, municiones y explosivos.


Sebastiana Barráez/ domingo 11 de octubre 2026
Tomado de Infobae

María Chiquinquirá Tubíñez Colmenárez, esposa del mayor Cequera.

El mayor del Ejército Marvin Rafael Cequera Mendoza fue detenido el 22 de noviembre de 2025 en Maracay por una comisión del Comando Nacional Antiextorsión y Secuestro (CONAS) de Caracas, según ha señalado su esposa, María Chiquinquirá Tubíñez Colmenárez. La familia afirma que el procedimiento se realizó sin una orden judicial previa.


Tubíñez sostiene que durante la primera semana el oficial estuvo en desaparición forzada. Agrega que Cequera permaneció cerca de cuatro meses en la sede del CONAS de Quinta Crespo, en Caracas, donde habría sido golpeado, torturado y amenazado, según el testimonio familiar.


La esposa asegura que acudió a la sede del organismo y recibió confirmación de que el militar estaba allí, pero no pudo verlo durante dos meses. Posteriormente, las visitas se habrían realizado a través de un vidrio.


El 17 de marzo de 2026, Cequera fue trasladado al Centro de Procesados Militares de Ramo Verde, donde, según Tubíñez, le contó los presuntos maltratos sufridos. La familia afirma que la audiencia preliminar se celebró nueve meses después de la detención.


Señalamientos de la investigación

Cequera estaba adscrito a la Dirección de Armas y Explosivos (DAEX) en Carabobo y era segundo comandante de la dependencia de Puerto Cabello. También impartía cursos de explosivos para la División de Almacenamiento y Control de Químicos y Explosivos de la Región Central (DIACOQUERCE).

Los familiares han reclamado públicamente la libertad de Cequera.

El oficial fue acusado de sustracción de efectos pertenecientes a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana y de delitos contra la seguridad de la institución. “El mayor fue detectado vendiendo municiones, explosivos y piezas de armas”, dijo una fuente militar en conversación con Infobae.


Además, asegura que el Grupo Antiextorsión y Secuestro detectó números telefónicos, conversaciones y supuestas órdenes directas del coronel Oswaldo Flores Rojas, entonces director del DAEX en Puerto Cabello. Según esa fuente, “las instrucciones habrían sido emitidas por el general de división Jesús Antonio Carrera Mora cuando dirigía el DAEX”.


En la investigación supuestamente aparecieron indicios “de negocios con armas, municiones, explosivos y chatarra; venta de portes de armas; acreditaciones de civiles como funcionarios; e inspecciones presuntamente falsas a empresas estatales y compañías pirotécnicas”, dijo la fuente. 


También sostiene que Cequera señaló al coronel Flores Rojas, contra quien se libró una orden de aprehensión y quien habría sido acusado de desobediencia en calidad de encubridor.

El Centro de Procesados Militares de Ramo Verde ubicado en el estado Miranda.

La versión familiar

La explicación de la familia y abogado de Cequera es que el Mayor fue vinculado al caso por una llamada telefónica y por la supuesta sustracción de material estratégico de la sede del DAEX en Puerto Cabello. Aseguran que se realizaron al menos tres inspecciones técnicas en los depósitos y que los inventarios no presentaron novedades.

Mayor (Ej.) Marvin Rafael Cequera Mendoza detenido desde noviembre 2025.

Su defensa señaló que la Corte Marcial de Caracas infringió los derechos y garantías constitucionales establecidos en los Artículos: 26, 49, 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos: 12 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal.


El caso, identificado con el número CJPM-TM1C-421-2025, cursa ante el Tribunal Militar Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, a cargo del teniente coronel de la Guardia Nacional Bolivariana Mickel Enrique Amézquita Pión. La Fiscalía Tercera Militar, dirigida por el capitán de la GNB Elber Jesús Montero Mendoza, interviene en la causa.


La audiencia de imputación formal se realizó el 29 de noviembre de 2025 ante el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, según la información suministrada por la defensa.


El 9 de diciembre de 2025, María Chiquinquirá Tubíñez Colmenárez designó a los abogados de su esposo ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los tribunales penales militares. La defensa denuncia que transcurrió un mes antes de que pudiera juramentarse. Según los abogados, el tribunal autorizó que acudieran al centro de reclusión para obtener la nota marginal, el sello y las huellas del imputado en el escrito de designación. Sin embargo, un funcionario del CONAS, el Sargento Mayor Hernández Meza, se negó a ejecutar esa instrucción y sostuvo que el tribunal debía ordenar formalmente el traslado del detenido.

La Audiencia Preliminar fue realizada nueve meses después que Cequera fue detenido.

Los defensores fueron juramentados el 6 de enero de 2026, después de presentar solicitudes y un amparo constitucional ante la Corte Marcial. Desde ese momento pidieron copias certificadas del expediente para proponer diligencias durante el lapso legal de investigación, pero aseguran que el Tribunal Primero negó reiteradamente la entrega, incluido el acto conclusivo de la Fiscalía.


Amparo sin respuesta

El 20 de enero de 2026, la defensa interpuso una acción de amparo constitucional ante la Corte Marcial Penal Militar del Área Metropolitana de Caracas contra el tribunal de control. Alegó vulneraciones del derecho a la defensa, la tutela judicial efectiva y el debido proceso.


Los abogados presentaron una solicitud de celeridad procesal el 27 de enero e insistieron el 10 de febrero, pero afirman que no obtuvieron respuesta. Sostienen que la falta de pronunciamiento permitió el vencimiento de los lapsos de investigación y les impidió conocer oportunamente las actuaciones.

El juez militar teniente coronal Mickel Enrique Amézquita Pión y el Fiscal Militar capitán Elber Jesús Montero Mendoza.

La defensa considera vulnerados los artículos 26, 49, 51, 257, 334 y 7 de la Constitución venezolana, así como los artículos 6 y 12 del Código Orgánico Procesal Penal. Hasta la información disponible en este texto, no consta una respuesta oficial del tribunal, la Fiscalía Militar, el CONAS ni las autoridades señaladas frente a estas denuncias.


María Chiquinquirá Tubíñez Colmenárez le dijo a Infobae que el Tcnel. Maikel Amezquita Pion, Juez militar primero de Control del circuito judicial Penal Militar de Caracas y el Capitán Elber Montero, Fiscal Militar Tercero de Caracas, “desde el inicio del proceso, en noviembre 2025, no han permitido el derecho a la defensa de mi esposo”.


Finalmente sostuvo que “los abogados han realizado todas las solicitudes de copias certificadas, del expediente y del escrito acusatorio, y no les ha sido entregado”. El 13 de agosto 2026 su esposo fue pasado a juicio sin tener claridad de qué sustenta la acusación realizada contra él.


https://www.infobae.com/venezuela/2026/10/11/denuncian-irregularidades-en-el-proceso-judicial-contra-el-mayor-del-ejercito-venezolano-acusado-de-robar-material-militar/


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