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viernes, 27 de febrero de 2026

15 ONG exigen ruptura con la impunidad tras la salida del Fiscal General y el Defensor del Pueblo de Venezuela

 

La gestión de Tarek William Saab y de Alfredo Ruiz coincidió con un país escenario de denuncias sistemáticas de ejecuciones extrajudiciales, detenciones arbitrarias, tortura, desapariciones forzadas y persecución por motivos políticos


Sebastiana Barráez/ viernes 27 de febrero 2026

@SebastianaB

Tomado de Infobae


Alfredo Ruiz y Tarek Saab, cuando eran el Defensor del Pueblo y el Fiscal General

Durante la gestión de Tarek William Saab al frente de la Fiscalía General y de Alfredo Ruiz en la Defensoría del Pueblo, el país fue escenario de denuncias sistemáticas de ejecuciones extrajudiciales, detenciones arbitrarias, tortura, desapariciones forzadas de corta duración y persecución por motivos políticos. 


“Dichos funcionarios tendrán que aclarar su responsabilidad frente a graves violaciones de derechos humanos”. Lo dicen a través de un comunicado, 15 organizaciones, las cuales consideran que “la renuncia no extingue la necesidad de evaluación de responsabilidades institucionales. La rendición de cuentas es una condición para la no repetición”.


Las ONG que suscriben el escrito son: CAMPO, Caleidoscopio Humano, Conexión Segura y Libre, Comité por la Libertad de los Presos Políticos (CLIPPVE), Derechos Humanos en Acción, Derechos Humanos de Venezuela en Movimiento, Gritemos Con Brío, Ideas Por La Democracia, Nosotras por Todas, La República TV, La TV Calle, Observatorio Global de Comunicación y Democracia, Observatorio Digital Probox, Laboratorio de Paz, Redes Ayuda y Transparencia Venezuela.

Calidoscopio Humano ha visibilizado casos de DDHH de indígenas, periodistas, mujeres, presos políticos
Larry Daniel Devoe, nuevo Fiscal “encargado”

Alertan que la designación de Larry Daniel Devoe como Fiscal “encargado” y de Saab Halabi como Defensor “encargado” vulnera las normativas de ambos organismos, porque el artículo 24 de la Ley Orgánica del Ministerio Público establece que las faltas absolutas del Fiscal, como la renuncia, serán suplidas por el Vicefiscal, mientras que las del Defensor, según la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, sería suplida por el director ejecutivo de la institución. 


A su vez, las 15 organizaciones que defienden derechos humanos consideran que la salida del Ministerio Público de Tarek William Saab Halabi y de Alfredo José Ruiz Angulo de la Defensoría del Pueblo, es una coyuntura institucional determinante para el sistema de justicia venezolano. “No se trata únicamente de un relevo de autoridades, sino de una oportunidad para corregir graves déficits estructurales en la garantía y protección de los derechos humanos”.


Insisten en aseverar que se denunciaron hechos graves en materia de crímenes como ejecuciones extrajudiciales, miles de detenciones arbitrarias, cientos de torturas, desapariciones forzadas, algunas que se están revelando ahora de quienes permanecieron hasta por dos años sin que sus familiares tuvieran contacto físico o telefónico, incluso sin conocimiento de dónde se encontraba la persona detenida. Y ahora, con la Ley de Amnistía, se está evidenciando la desaparición de presos que no se sabe dónde están y ni siquiera si están con vida.


Por ello, las ONG dicen en su escrito que hay patrones documentados por la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos de Naciones Unidas, la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Pedro Hernández, director de la organización Campo fue detenido en septiembre 2025, también su esposa y su padre

Selección transparente 

Ante las numerosas denuncias contra la violación de los derechos humanos, realizadas desde hace años y documentadas por organizaciones naciones e internacionales, el Ministerio Público tenía la obligación jurídica de actuar con debida diligencia reforzada en la investigación de violaciones graves. 


“La ausencia de investigaciones estructurales eficaces frente a patrones documentados de violaciones configura responsabilidad por omisión cuando la autoridad competente, teniendo conocimiento de hechos graves y capacidad para actuar, no adopta medidas adecuadas para prevenir, investigar o sancionar”, dice el comunicado.


En el caso de la Defensoría del Pueblo, recuerdan que su mandato constitucional es “prevenir abusos, proteger víctimas y denunciar prácticas violatorias. La inacción sistemática frente a situaciones de riesgo y la minimización pública de denuncias comprometieron el cumplimiento de ese mandato y degradaron su calificación ante la comunidad internacional”.


Ante lo que llaman un “nuevo escenario” en el país, y la salida de Tarek Saab de la Fiscalía y de Alfredo Ruiz de la Defensoría exigen que se realice “un proceso de selección transparente y verificable”, publicando los criterios de evaluación.


También, que se permita el “acceso público a credenciales, antecedentes y declaraciones de intereses de los postulantes” y que las audiencias sean públicas y transmitidas “con posibilidad de observación ciudadana”.


Deben haber, dicen las ONG, “criterios mínimos de idoneidad e independencia”, de manera que quienes sean escogidos para la Fiscalía y la Defensoría tengan una “trayectoria demostrable en defensa o investigación de derechos humanos”.


Otro requisito es que, por supuesto, no tengan una participación previa en estrategias de negación o encubrimiento de violaciones y que, asuman el “compromiso público con la cooperación internacional en materia de justicia”.

Laboratorio de Paz ha realizado investigaciones e informes sobre libertad, derechos humanos y no violencia
El Comité por la Libertad de los Presos Políticos en una rueda de prensa en la Universidad Central de Venezuela

Reformar las instituciones

Las organizaciones no gubernamentales que suscriben el escrito abogan por un plan inmediato de reforma institucional, que contemple la “auditoría independiente de casos emblemáticos de violaciones graves”.


Proponen la creación o fortalecimiento de unidades especializadas en investigación de “torturas, ejecuciones extrajudiciales y responsabilidad de mando”, garantizando la protección efectiva a las víctimas, testigos y denunciantes.


Parten de la relevancia de asumir el compromiso con estándares internacionales dando “reconocimiento explícito de la obligación de debida diligencia y la cooperación plena con mecanismos de Naciones Unidas (ONU) y con la Corte Penal Internacional (CPI)” y adoptando los protocolos internacionales de investigación (Minnesota, Estambul).


Solicitan que se evalúen las actuaciones pasadas, es decir que se haga “revisión independiente del desempeño del Ministerio Público y la Defensoría en casos documentados por organismos internacionales”.


Además, determinación de eventuales responsabilidades administrativas, disciplinarias o penales por omisión o incumplimiento del deber de investigar, tanto en la Defensoría del Pueblo como en el Ministerio Público.


Las ONG, que han librado una larga lucha en defensa de los derechos humanos en Venezuela consideran que la renovación del Ministerio Público y de la Defensoría del Pueblo “no puede reducirse a un cambio de nombres”, y lo que procede es la “transformación real en la manera en que el Estado responde frente a violaciones de derechos humanos”.


Ratifican que la legitimidad de las nuevas autoridades dependerá no solo de su perfil individual, sino de su “disposición efectiva a investigar sin privilegios ni excepciones, a proteger a las víctimas sin discriminación y a garantizar que la ley se aplique incluso frente a quienes detentan poder, con una actuación que debe ser caracterizada por la independencia”.  


Ven en el momento actual una oportunidad. “Se inaugura una etapa de independencia real y justicia efectiva o se consolida la continuidad de un modelo que debilitó la protección de los derechos fundamentales”.


Finalizan diciendo que la justicia no es una opción política ni una concesión. “Es una obligación constitucional y una condición indispensable para allanar el camino a la transición democrática”.


https://www.infobae.com/venezuela/2026/02/27/15-ong-exigen-ruptura-con-la-impunidad-tras-la-salida-del-fiscal-general-y-el-defensor-del-pueblo-de-venezuela/


domingo, 22 de febrero de 2026

Cómo funciona el aparato represivo transnacional del régimen chavista contra los venezolanos en el exilio

 

Un análisis de la ONG Sin Mordaza documentó  el uso de propagaba y represalias contra parientes como medidas para castigar y disuadir la denuncia pública de quienes viven fuera de su país


Sebastiana Barráez/ domingo 22 de febrero 2026

@SebastianaB

Tomado de Infobae

Un informe reveló cómo funciona el aparato represivo transnacional del régimen venezolano (AP/ARCHIVO)

El exilio no significó el fin de la persecución estatal, para cientos de venezolanos que salieron del país, sino una nueva etapa de control, vigilancia y estigmatización más allá de las fronteras nacionales, según el “Informe sobre la Expansión del Aparato Represivo venezolano 2024-2025” de la ONG Sin Mordaza; se analiza la represión transnacional, que el régimen venezolano ejerce contra personas en el exterior que continúan participando en protestas, denuncia pública o acción política.


El estudio examina 326 casos verificados en fuentes abiertas, que deben entenderse como una aproximación mínima, suficiente para demostrar la existencia y sistematicidad del fenómeno, pero no su dimensión real.


 Por ello el informe enfatiza que la represión transnacional no es un fenómeno aislado o improvisado: funciona de manera sistemática y organizada, como una prolongación de los patrones represivos ya consolidados dentro del país y adaptados a contextos extraterritoriales. 


Los hallazgos de Sin Mordaza muestran que esta forma de persecución adopta múltiples modalidades que suelen actuar de manera combinada. El informe identifica el uso de instrumentos discursivos, administrativos, judiciales, migratorios y digitales, y en algunos casos, mecanismos abiertamente coercitivos.

Informe sobre la Expansión del Aparato Represivo venezolano 2024-2025 de la ONG Sin Mordaza

La modalidad más extendida es la estigmatización y propaganda extraterritorial, que concentra 176 casos (53,99 %) del total documentado. Las narrativas oficiales y sus plataformas comunicacionales buscan desacreditar, intimidar y aislar públicamente a activistas, defensores de derechos humanos, periodistas y figuras políticas que actúan desde el exterior.


A eso se le suma la represión consular y administrativa, documentada en 112 casos (34,36 %); trámites de documentos, registros y servicios consulares se utilizan como herramientas de control y exclusión, afectando derechos básicos de quienes se encuentran en el exterior.


El uso del sistema judicial también cruza fronteras. La investigación revela cómo la represión penal extraterritorial, en 23 casos (7,06 %), ha generado en investigaciones, solicitudes o procedimientos penales contra venezolano que ya no residen en el país, pero siguen siendo objeto de criminalización.


Aunque menos frecuentes, pero de alta gravedad es la presencia física extraterritorial de agentes o funcionarios del régimen, las represalias contra familiares que permanecen en Venezuela, la coerción migratoria en países de acogida y el uso abusivo de mecanismos policiales internacionales.


El efecto del silencio

Uno de los apartados más sensibles del “Informe sobre la expansión del aparato represivo venezolano: vulneraciones a libertades y derechos fundamentales de la disidencia venezolana en la diáspora (2024–2025)”, aborda la represión digital transnacional

La represión consular y administrativa afecta los derechos básicos de venezolanos en el exterior, al utilizar trámites y servicios consulares como mecanismos de control y exclusión (AP/ARCHIVO)

Aunque solo se documentan tres casos, el estudio advierte que no son episodios aislados, sino operaciones complejas que incluyen redes coordinadas de cuentas, campañas de estigmatización, suplantación de identidad y difusión masiva de contenidos.


Sin Mordaza refleja el al potencial de daño acumulativo y el alcance de la represión digital que trasciende fronteras, amplificando sus efectos sobre la vida personal, profesional y política de las personas afectadas.


El principal efecto del silencio es la censura, la autocensura y el temor a represalias, incluidas las consecuencias migratorias, familiares o de seguridad personal. Al no hacerse la denuncia pública se reduce la disponibilidad de información verificable, incluso fuera del territorio venezolano. 


Queda claro, entonces, que la represión transnacional, vulnera de forma transversal y acumulativa derechos fundamentales que están protegidos por el derecho internacional de los derechos humanos. No solo afecta a las personas directamente señaladas, sino a sus familias y comunidades, generando un efecto inhibidor sobre la protesta, la participación política y la denuncia desde el exterior.


Ratti y su participación

La represión penal extraterritorial cobra especial importancia tras la implementación de la Ley Orgánica Simón Bolívar, empleada como base para iniciar procesos de privación de nacionalidad y anulación de documentos de identidad a activistas políticos en el exterior.

Luis Alejandro Ratti excandidato presidencial

Frecuentemente, las personas afectadas no recibieron notificación ni tuvieron oportunidad de ejercer su derecho a la defensa, y no se difundió información pública y verificable sobre el curso de los expedientes, lo que refuerza el carácter instrumental y sancionador de estas actuaciones.


De los 23 casos documentado una característica destacada es la identificación de los responsables estatales o paraestatales que promovieron formalmente los procedimientos. En 21 de esos expedientes la iniciativa partió de Luis Alejandro Ratti, expresidente del Frente Hugo Chávez y exmilitante del Movimiento al Socialismo, quien presentó un documento ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia solicitando la aplicación de la Ley Orgánica Simón Bolívar.


Uno de los casos fue realizado por la Vicepresidencia de la República, a cargo de Delcy Eloína Rodríguez Gómez, solicitando la eliminación de todos los documentos de identidad y la apertura del proceso de privación de la nacionalidad; en otro, el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz promovió una medida de naturaleza similar.


La mayor parte de los afectados residen en Estados Unidos, con 17 de los 23 casos (73,91 %), seguidos de España, donde se registraron 6 incidencias (26,09 %).

 

Persecución penal

El régimen venezolano apunta la represión penal extraterritorial venezolana principalmente hacia quienes desarrollan actividades políticas, de denuncia o incidencia internacional desde países que el Gobierno considera estratégicos en el escenario diplomático y político. 


Las actuaciones judiciales, tanto penales como constitucionales, suelen activarse tras denuncias de carácter político, habitualmente acompañadas de una amplia cobertura mediática o declaraciones públicas, con el objetivo de generar consecuencias jurídicas más allá de las fronteras nacionales, incluso en ausencia de información pública sobre el desarrollo real de estos procesos.

El ex presidente interino Juan Gerardo Antonio Guaidó Márquez y el ex preso político Leopoldo Eduardo López Mendoza el 30 de abril 2029 en la Operación Libertad

Sin Mordaza destaca que la falta de datos verificables sobre el estado actual de los procedimientos iniciados a finales de 2025 es un denominador común en todos los casos documentados, lo que refuerza la idea de que dichas acciones buscan, ante todo, intimidar y disuadir. 


Entre los casos más destacados, por la notoriedad de los afectados y el alcance potencial de las medidas anunciadas, figuran el doctor Edmundo González Urrutia, ganador de las elecciones presidenciales del 28 de julio 2024; Magalli Auxiliadora Meda Padrón y Pedro Alejandro Urruchurtu Noselli, del equipo de la líder opositora María Corina Machado; el expresidente interino Juan Gerardo Antonio Guaidó Márquez; el exdirigente estudiantil Yon Alexánder Goicoechea Lara y el ex preso político Leopoldo Eduardo López Mendoza.


La inclusión de estos nombres en actuaciones penales o constitucionales de carácter extraterritorial no solo individualiza la persecución, sino que también transmite un mensaje disuasorio al conjunto de la diáspora venezolana que ejerce su derecho a la protesta y la participación política desde el extranjero. El recurso a procedimientos judiciales o constitucionales con fines punitivos más allá de las fronteras evidencia un patrón de persecución dirigido específicamente contra exiliados y residentes fuera del país.


González y López

Sin Mordaza destaca que el empleo excesivo de mecanismos policiales internacionales se ha convertido en una modalidad concreta de represión transnacional, especialmente cuando el Estado venezolano, de forma directa o indirecta, recurre a canales de cooperación policial internacional con el objetivo de perseguir políticamente a personas fuera de sus fronteras, bajo el pretexto de una colaboración legítima en el ámbito penal.


El objetivo del régimen ha sido la intimidación, restringir la movilidad o crear inseguridad jurídica para exiliados y residentes en el extranjero. La tipificación de estos casos parte de información comprobable obtenida de fuentes abiertas, donde se documentan anuncios, declaraciones oficiales o acciones estatales con impacto internacional, aun cuando no se confirme públicamente la emisión de notificaciones formales a través de los canales habituales de cooperación policial.


Se pretende el efecto disuasorio e intimidante ante esas actuaciones en contextos de exilio, más allá de la formalización jurídica de los mecanismos empleados. El informe analiza dos casos ejemplarizantes: el del doctor Edmundo González Urrutia y el de Leopoldo Eduardo López Mendoza, en los dos con el mismo patrón: amenaza o anuncio de acciones internacionales como instrumento de presión política.


La ONG Sin Mordaza dice en su informe que uno de los casos más relevantes es el de Edmundo González Urrutia, sobre quien la fiscalía general åde la República anunció, en noviembre 2024, la apertura de actuaciones penales con alcance internacional, en un contexto claramente relacionado con su actividad política y su proyección internacional. 

Antonio Ledezma, Edmundo González y Pedro Urruchurtu en una calle de Madrid y los tres perseguidos incluso fuera de Venezuela

Estas declaraciones provocaron una inmediata sensación de alerta y vulnerabilidad jurídica, al sugerir la posible activación de mecanismos de cooperación policial fuera del territorio venezolano, sin que existieran datos verificables sobre el respeto a las garantías del debido proceso.


Nicolás Maduro Moros realizó, a inicios de 2025, anuncios similares contra Leopoldo López, en los que se insinuó la adopción de medidas con alcance internacional. Al igual que en el caso de González Urrutia, las actuaciones se produjeron en ausencia de información pública clara sobre procedimientos formales, pero con un impacto significativo en términos de intimidación extraterritorial, al colocar a la persona afectada en una situación de incertidumbre respecto de su libertad de circulación y su seguridad jurídica.


El Método Sippenhaft

Las represalias contra familiares, asociada al concepto de Sippenhaft, constituyen una modalidad específica de represión transnacional mediante la cual el régimen venezolano desplaza la coerción política hacia el entorno familiar de personas que se encuentran fuera del país, con el propósito de intimidar, castigar o disuadir el ejercicio de derechos políticos desde el exterior. 


Estas acciones incluyen detenciones arbitrarias y vigilancia, orientadas a generar presión indirecta sobre la persona que se encuentra en el exterior, aprovechando su imposibilidad material de intervenir o brindar protección directa.

Rafael Eduardo Tudares Bracho y su esposa Mariana González, yerno e hija respectivamente de Edmundo González

El informe de Sin Mordaza agrupa tres casos documentados, dos de ellos corresponden a detenciones arbitrarias de familiares directos, mientras que el tercero se refiere a actos de vigilancia contra el entorno familiar de un exiliado, lo que confirma la utilización de mecanismos tanto coercitivos como intimidatorios.


El primer caso es la detención arbitraria de Rafael Eduardo Tudares Bracho, yerno de Edmundo González Urrutia, ocurrida el 7 de enero de 2025. La privación de libertad se produjo en un contexto directamente vinculado a la exposición pública y la actividad política desarrollada por González Urrutia desde el exterior, pretendiendo ejercer presión personal y política mediante la afectación de un familiar cercano.


Velazco y Correia

El segundo caso que analiza el informe de Sin Mordaza es la detención arbitraria de Julio Velazco, padre de Marcos Velazco, dirigente juvenil del partido Vente Venezuela, actualmente en el exilio. 

Julio Velazco detenido como represalia contra su hijo activista de Vente Venezuela, Marcos Velazco

El padre del joven fue arrestado el 3 de septiembre 2025, en un contexto que sugiere una relación directa entre la actuación de las autoridades y la militancia política y el activismo que su hijo desarrolla fuera del país. 


Las autoridades, igual que en episodios similares, no ofrecieron información pública suficiente sobre los fundamentos legales de la detención, lo que refuerza las denuncias sobre su carácter arbitrario y represivo.

Cristofer Correia, dirigente del partido Voluntad Popular, contra cuya familia hubo actos de vigilancia

Un tercer caso se refiere a actos de vigilancia dirigidos contra familiares de Cristofer Correia, dirigente del partido Voluntad Popular, utilizados como mecanismos de intimidación y advertencia. Si bien estas acciones no implican una privación directa de libertad, tienen un impacto significativo sobre la integridad personal, la vida privada y la sensación de seguridad de las personas afectadas, y contribuyen a consolidar un clima de temor, que trasciende al individuo directamente perseguido.


La ONG recuerda que, desde la perspectiva de los derechos humanos, las represalias contra familiares constituyen una vulneración directa del derecho a la libertad personal, a la integridad física y psicológica, y a la vida privada y familiar. Asimismo, contravienen el principio de responsabilidad penal individual y la prohibición de castigos colectivos.


https://www.infobae.com/venezuela/2026/02/22/como-funciona-el-aparato-represivo-transnacional-del-regimen-chavista-contra-los-venezolanos-en-el-exilio/



martes, 5 de agosto de 2025

Un informe reveló que la persecución contra militares institucionales en Venezuela es sistemática y extendida a sus familias

 

El reporte, al que tuvo acceso Infobae, fue elaborado por la organizacion Familiares de Presos Políticos Militares


Sebastiana Barráez/ martes 5 de agosto 2025

@SebastianaB

Tomado de Infobae

El informe de FPPM refleja que el 100% de los militares presos políticos han sufrido varias o algún tipo de tortura física y psicológica

Venezuela es el único país de América Latina que tiene más de 100 militares considerados presos políticos. La persecución a militares institucionales y a sus familias ha sido una constante en los últimos 10 años, “evolucionando en una represión sistemática cada vez más violenta”, revela el informe, al que tuvo acceso Infobae, de la organización Familiares de Presos Políticos Militares en Venezuela (FPPM), que dirige Molly De La Sotta.


La persecución se ha extendido a su familia inmediata, “hasta el punto de mantener en prisión a hijos, madres, esposas, parejas, hermanas y familiares para generar terror y forzar declaraciones de supuestos magnicidios y conspiraciones que involucren a dirigentes políticos de la oposición, periodistas, defensores de derechos humanos y otros militares inconformes”.

Diosdado Cabello y el Ministro de la Defensa Padrino López

Destaca el informe que muchos de los militares detenidos, “han sido presentados ante los jueces “visiblemente torturados”. Hasta ahora, no hay investigación de las denuncias de torturas y mucho menos los responsables han sido detenidos”.


La organización Familiares de Presos Políticos Militares en Venezuela (FPPM-Ve), da cuenta en su informe de lo ocurrido hasta diciembre 2024, destacando que aun cuando hay víctimas que han identificado a sus torturadores ante el Juez “ninguno ha recibido asistencia médica especializada posterior a las torturas”, y algunos han desarrollado estados depresivos tan fuertes que han intentado el suicidio.

La DGCIM es junto al SEBIN los cuerpos más represivos contra civiles y militares

La Organización FPPM, que dirige Molly De La Sotta, hermana del Capitán de Navío Humberto de La Sotta, quien estuvo en manos de la DGCIM durante cinco años 4 meses  y once días, “registra 124 presos políticos militares activos y retirados, detenidos en sótanos y celdas infrahumanas en diferentes centros de reclusión”. 


Hasta el 2018, a la mayoría de los militares se les imputaba delitos de instigación a la Rebelión en Tribunales Militares, “pero a partir de la Causa del Dron (intento de magnicidio) en agosto del 2018, militares activos y retirados son presentados en Tribunales de Terrorismo sobresaliendo los delitos de: Terrorismo, Magnicidio, Asociación para delinquir por los cuales han recibido sentencias de hasta de 30 años de prisión”.

El General Franklin García Duque fue nombrado en el 2016 director de la PNB

La DGCIM 

En el año 2014 Nicolás Maduro reorganiza su gabinete militar para controlar a las Fuerzas Armadas. “El 14 de enero nombra al General (Ej.) Iván Rafael Hernández Dala como jefe de la Dirección De Contrainteligencia Militar (DGCIM) y Jefe de la Guardia de Honor Presidencial (GHP)”, hasta el 14 de octubre 2024.


Hernández deja una estructura que estaba “muy lejos de llamarse “de inteligencia militar” y más parecida a una Organización Criminal caracterizada por extorsionar empresarios, robar en allanamientos ilegales, adjudicarse propiedades de civiles y opositores en el exilio, amedrentar y perseguir a una población desarmada e indefensa”. 


Asevera el informe de FPPM que este General “creó una red de control y tortura, integrada por el Sistema Judicial Ordinario y Militar, Fiscales, Defensores Públicos, y Médicos Forenses en coordinación con el Ministerio Publico, Defensoría del Pueblo y Cuerpo de Investigaciones Científicas y Criminalísticas (Cicpc), deteniendo arbitrariamente y torturando a militares y civiles con impunidad”. 


Fue así como “acondicionó sótanos en la sede de la DGCIM, con celdas de tortura conocidas como El cuarto de los Locos, La Nevera, El Ascensor, El Submarino, El Ataúd Vertical, La Casa de los Sueños, entre otros”


Además, según “la Misión Independiente de Determinación de los Hechos de la ONU sobre Venezuela, se identificaron 17 casas clandestinas de tortura operadas por la DGCIM que han estado funcionando al menos desde el 2017”. 


Así la DGCIM fue concentrando poder, “y en los últimos años ha sido dotada de armamentos, vehículos de alta gama, uniformes, etc. El General Hernández Dala está sancionado por la Unión Europea, por el Gobierno de Suiza, por la OFAC, por el Gobierno de Canadá y por el TIAR, por violaciones de los derechos humanos”. 


“Así mismo, fue señalado como responsable de Crímenes de Lesa Humanidad en el Informe de la Misión Independiente de Determinación de los Hechos de la ONU en septiembre 2020. Desde el 20 de noviembre del 2024 fue nombrado por Nicolas Maduro como presidente de la Compañía anónima de telefonía venezolana (CANTV)”.

El General en Jefe Raúl Isaías Baduel fue muy cercano a Hugo Chávez

Nace el Comando Antigolpe

La Asamblea Nacional elegida en el 2015, declaro el 9 de enero 2017, “la falta absoluta de Nicolás Maduro como Presidente, por abandono del cargo, lo que implicaba la remoción de Maduro y el llamado a elecciones”.


Como respuesta, Maduro radicaliza la persecución y crea el 10 de enero 2017 el Comando Antigolpe y así “se incorporan oficiales de inteligencia venezolanos entrenados en Cuba para controlar y torturar a los militares que manifestasen algún descontento”, dice el informe de FPPM. 


Dicho Comando estuvo presidido por el entonces Vicepresidente Tareck Zaidan El Aissami Maddah e integrado por la vicepresidenta de política y soberanía, Almirante Carmen Teresa Meléndez Rivas; la Canciller, Delcy Eloína Rodríguez Gómez; los ministros de Defensa, General Vladimir Padrino López; del Interior y Justicia, el general Néstor Luis Reverol Torres; el director del SEBIN, General Gustavo González López; el Jefe de la, MG Iván Hernández Dala; al director de la Policía Nacional Bolivariana (PNB), general  Franklin García Duque, además del diputado Diosdado Cabello Rondón.


“La primera acción del Comando Antigolpe fue detener el 12 de enero 2017, al General en Jefe (Ej.) Raúl Isaías Baduel, quien tenía libertad condicional desde agosto 2015 y murió en El Helicoide el 21 de octubre 2021 por falta de atención médica”. 

El registro de militares venezolanos presos políticos en diciembre 2024

Junto con el General Baduel fueron detenidos “siete Sargentos del Ejército de la Unidad de Francotiradores, quienes fueron cruelmente torturados durante 6 días en la DGCIM y aún permanecen tras las rejas y sin juicio”. 


Detienen a varios diputados y concejales que fueron liberados en negociaciones. También detienen en su casa, “en una operación del SEBIN, al General Ángel Vivas”.


“Ese mismo año se consolida la Red de Control y Tortura de las Fuerzas Armadas, a través de la Coordinación SEBIN, DGCIM, fiscalía, tribunales, defensores públicos, Servicio de Medicina Forense (Senamecf), Cicpc, Defensor Del Pueblo, Ministerio Público”.


El responsable del enlace DGCIM, Fiscalía Militar, Tribunales Militares y Senamecf “fue el entonces coronel Rafael Antonio Franco Quintero entrenado por la inteligencia cubana y ascendido a General de División en Julio 2023”. 


Con Franco “se inician las detenciones y allanamientos sin ordenes de judiciales, la presentación de civiles y militares torturados en Tribunales sin que haya investigación, el uso de detenidos como testigos, forzados a firmar “declaraciones espontaneas”, informes manipulados de médicos forenses, torturas físicas sin importar dejar huellas”.


Sumado a ello los “tratos crueles en celdas de la DGCIM: aislamiento por más de 45 días, luz encendida las 24 horas, confinamiento en celdas sin acceso al baño por más de 3 meses, restricciones de alimento y agua por más de 72 horas, hacinamiento infrahumano, ausencia de atención médica, cuartos de tortura como El Tigrito”, El Cuarto de los Locos y La Nevera”. 


Se aplicaron “torturas cada vez más violentas y en lugares apartados como la Parcela Sorocaima. Todo se hizo con el visto bueno de jueces y fiscales”.


El general Franco Quintero “está sancionado por la OFAC, por la Unión Europea, Reino Unido, Canadá, Gobierno de Suiza, por violaciones de derechos humanos. Así mismo la Misión Independiente de Determinación de los hechos sobre Venezuela, lo señala como responsable de Crímenes de Lesa Humanidad”.

Marta Valiñas en la presentación de uno de los informes de la Misión de Determinación de los Hechos de la ONU

Las deserciones

Asegura FPPM que “la actividad partidista de la Fuerza Armada a favor del Partido Político del Gobierno (PSUV), la participación de cubanos en el Ministerio de Defensa, la cercanía al Régimen Castrista, y el abandono poco a poco de sus funciones constitucionales produjo descontento en los Comandos medios y el personal de Tropa”.


A eso se le suma “la escaza dotación de uniformes y equipos militares, los bajos sueldos, falta de alimentación, medicamentos y atención médica, la falta de acceso a la vivienda y la corrupción abierta en los Altos Mandos”.


Todo ello causa un alto índice de deserciones y protestas que se tradujo en una persecución sangrienta hacia aquellos que se manifestaron de manera pública o privada en contra de la “revolución”.


Reseña el informe que “a lo largo de los años aumentaron las solicitudes de baja en todos los componentes, haciéndose imposible procesar la cantidad en corto tiempo. La deserción ha sido la decisión para muchos, pues en los últimos 2 años, una solicitud de baja puede ser el pase a los sótanos del infierno de la DGCIM por Traición a la Patria o instigación a la rebelión”.

Los generales Hernández Dala y Rafael Antonio Franco Quintero

El rol de Padrino

FPPM registrada en los Estados Unidos desde el 3 de junio 2019, se creó con la finalidad de visibilizar ante la sociedad civil y Organismos Internacionales la violación sistemática de los Derechos Humanos y Fundamentales de militares presos políticos y sus familias. 


“Las desapariciones forzadas, asesinatos, detenciones arbitrarias, torturas físicas y psicológicas, los tratos crueles, inhumanos y degradantes representan la historia no contada de la dictadura chavista-madurista como estrategia para desaparecer a las Fuerzas Armadas Venezolanas tal y como las conocimos en el Siglo XX”. 

La Organización ha buscado no solo documentar los testimonios de las víctimas de crímenes de lesa humanidad, sino los hechos que los llevaron a identificar patrones de persecución en contra de los militares que decidieron cumplir con la Constitución.


Destacan la politización de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB). “Desde el año 2014 el régimen de Nicolas Maduro inicio una persecución implacable, hacia todos aquellos militares activos y retirados que manifestaban algún descontento por la situación que enfrentaban las Fuerzas Armadas, su politización y adoctrinamiento”.


Enfatizan “la imposición del saludo “revolucionario” a superiores y subalternos, instalación de símbolos políticos en las oficinas, registro del carnet de la patria para obtener aumentos de sueldos y otros beneficios”, lo que califican como el principio de la desintegración de una Fuerza Armada democrática “convertida hoy en día en el brazo armado del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) que controla el poder en Venezuela”.


A juicio de la organización FPPM “el adoctrinamiento iniciado por Hugo Chávez, Nicolas Maduro lo profundizo, para lo cual fue fundamental la participación de un grupo de militares que hasta ahora se mantienen en el poder”.


Consideran que “el nombramiento del General Vladimir Padrino López como ministro de la Defensa, desde octubre 2014, tenía como objetivo la desintegración institucional”. 


Agregándole que durante su gestión se incorporaron Leyes y Decretos inconstitucionales que cambiarían no solo la Organización y composición de las Fuerzas Armadas, con las ZODI, REDI y la incorporación como componente de la Milicia.


Aunado a ello buscó cambiando “su rol como garantes de la democracia y la soberanía nacional a ‘garantes de la Revolución Bolivariana’ para perpetuarse en el poder”. 


El General Padrino está sancionado por Canadá y Estados Unidos por violaciones de Derechos Humanos.

Molly De La Sotta crea la ong FPPM cuando su hermano está bajo custodia de la DGCIM, saliendo en libertad luego de casi cinco años y medio

Las perturbadoras cifras

FPPM-Ve sostiene en su informe cifras alarmantes, por ejemplo, “el 100% de los casos de militares detenidos, se hicieron sin orden de aprehensión. El 100% fue detenido por Organismos de Inteligencia. El 100% ha sido objeto de desaparición forzada de corto plazo. El 100% fue objeto de tortura física y psicológica”.


Así mismo, “el 48% tiene defensor público, como única opción de defensa. El 80% no ha tenido acceso al expediente”.


Sin juicio “por más de 9 años hay un militar; por más de 7 años, 8 militares; por más de dos años, dos militares y sentenciados a 30 años de prisión por traición a la patria hay 27 militares”.


La mayoría de los militares que ya están sentenciados, estuvieron en “prisión preventiva” por más de 3 años, antes de iniciarse el juicio”,

Quince militares detenidos tienen Medidas Cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y ninguna se ha cumplido”.


“Tres militares tienen decisión favorable para su libertad del Grupo de Trabajo de Detenciones arbitrarias de las Naciones Unidas y han sido ignoradas”.


El 70% de los militares están recluidos en 2 grandes Centros Penitenciarios: El Centro Nacional de Procesados Militares (Cenapromil) en Ramo Verde, estado Miranda y El Rodeo I, dependiente del Ministerio Penitenciario.


Cuatro militares detenidos tienen doble nacionalidad (Italia, Portugal y Chile) sin que se les permita la protección consular ni las debidas visitas consulares 


Delitos imputados más frecuentes: Instigación a la Rebelión (61), Traición a la Patria (57), Asociación para delinquir (54), Terrorismo (46), Sustracción de efectos de las FANB (38), Motín (26), Conspiración (19) y Conspiración con gobierno extranjero (15).


https://www.infobae.com/venezuela/2025/08/05/un-informe-revelo-que-la-persecucion-contra-militares-institucionales-en-venezuela-es-sistematica-y-extendida-a-sus-familias/


 


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