El mandatario repitió lo que hizo en el 2017: violar la Constitución al actuar como si los tribunales militares fueran legalmente subalternos suyos
Sebastiana Barráez/ jueves 23 de septiembre 2021
@SebastianaB
Edgar José Rojas Borges fue destituido de un plumazo, a través de la resolución 42548, con fecha 17 de septiembre 2021, la cual fue suscrita por el Ministro de la Defensa, General en Jefe Vladimir Padrino López, recalcando que lo hace por disposición de Nicolás Maduro Moros, en base al artículo 78 numeral 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública y de la Ley Constitucional (figura que no existe en el ordenamiento judicial venezolano) de la Fuerza Armada Bolivariana.
Ese mismo día, 17 de septiembre, con la Resolución 42549, sacaron al Mayor General Jesús Emilio Vásquez Quintero de la Fiscalía General Militar y lo enviaron a la presidencia de la Corte Marcial. El nuevo Fiscal es el General de Brigada José Daniel Monsalve Maldonado.
Para Rojas Borges complacer las órdenes del régimen prevaleció y por ello no consideró peticiones de familiares de las víctimas, ignoró denuncias contra la actuación de jueces militares, algunas extremadamente crueles.
Las resoluciones con las cuales Padrino López plasma los cambios en la Corte Marcial y la Fiscalía General Militar se basan en dos artículos, que no dan mayor explicación, pero que revelan cómo se designa a esos funcionarios. Es decir, Nicolás Maduro decide esos nombramientos, como hizo en el 2017 como si la administración de justicia militar fuera legalmente subalterna suya.
En el 2017, Maduro destituyó al entonces presidente de la Corte Marcial y del Circuito Judicial Penal Militar, General (Ej) Henry Timaure Tapia, a quien reemplazó por quien ejercía el cargo de Fiscal General Militar, Edgar José Rojas Borges, el mismo que tres años después sale sustituido por quien ocupa la Fiscalía Militar.
Adicionalmente se está violando la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela, cuyo artículo 261 dice expresamente: La
jurisdicción penal militar es parte integrante del Poder Judicial, y sus jueces
serán seleccionados por concurso. Su ámbito de competencia, organización y
modalidades de funcionamiento se regirán por el sistema acusatorio y de acuerdo
con lo previsto en el Código Orgánico de Justicia Militar. La comisión de
delitos comunes, violaciones de derechos humanos y crímenes de lesa humanidad,
serán juzgados por los tribunales ordinarios. La competencia de los tribunales
militares se limita a delitos de naturaleza militar.
Y si eso dice el artículo 261 hay que referirse sin vacilar al artículo 255: “El nombramiento y juramento de los jueces o juezas corresponde al Tribunal Supremo de Justicia”. ¿Entonces cómo es que Nicolás Maduro decide y Padrino López aprueba que esos nombramientos se hagan violando la Constitución? A menos que haya considerado arbitrariamente que la jurisdicción penal militar no es parte del Poder Judicial sino del Poder Ejecutivo o tal vez que con el cuento de la Ley Constitucional o del Código Orgánico de Justicia Militar, del año 1998, asuma que hay un ordenamiento jurídico por encima de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (año 1999).
El general Padrino López por otra parte, está ignorando ese Código Orgánico de Justicia Militar, que en su artículo 33 expresa: “para la formación de la Corte Marcial el Ministro de la Defensa presentará a la Corte Suprema de Justicia, al iniciarse cada periodo constitucional, dentro de los 30 primero días una lista de 15 individuos, 12 oficiales y tres abogados. De esa lista la Corte Suprema de Justicia (hoy Tribunal Supremo de Justicia) escogerá los principales...”.
Ahora ocurre con el Mayor General Jesús Emilio Vásquez Quintero, lo
mismo que Rojas Borges en e pasado, pasa de ser juez de las personas a quienes
acusó.
Qe molleja de pudrición hasta los tuetanos
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