Los habitantes de la Gran Sabana y La Paragua decidieron recuperar lo que les corresponde, ante la inacción del estado que no protege sus derechos
Sebastiana
Barráez/ martes 23 de febrero 2021
@SebastianaB
Tomado
de Infobae
Aun
cuando la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela tiene artículos
especialmente dirigidos a la protección de los indígenas, a sus comunidades, al
respeto por sus creencias y costumbres, desde hace tiempo grupos armados han
invadido sus tierras sagradas.
“Las
Comunidades Indígenas del estado Bolívar han decidido retomar sus tierras
demarcadas como indígenas, y el martes 23 de febrero, harán frente a los grupos
armados de minería ilegal, que se encuentran invadiendo dichos territorios en
San Juan de Morichal, municipio Sifontes”, dijo un vocero de los indígenas.
A
su vez denuncian la inacción y complicidad de algunos funcionarios del Estado venezolano
con los grupos armados que ejercen la minería ilegal en esa zona. Es por ello por
lo que decidieron hacer cumplir sus derechos establecidos en la Ley de Delimitación
de Tierras Indígenas y la Constitución de la República.
Con
lemas como “Respeten Tierras Indígenas”, “Detengan La Minería Ilegal”, los
pueblos indígenas, sus capitanes y ancianos, solicitan el respaldo de la comunidad nacional
e internacional, el apoyo para presentar el caso ante la Asamblea Nacional a
través de la diputación de la Alternativa Popular Revolucionaria (APR).
El
acta
En
el documento suscrito por los indígenas se lee “la comunidad de San Luis de
Morichal se declaró en emergencia y en sesión permanente ante la flagrante
invasión y violación de los derechos originarios a las tierras comunitarias
perpetrados por parte de terceros no indígenas, denominados mineros ilegales,
desde el 02 de enero 2021 en el sitio de El Chivao, río Chicanan, el cual dista
a menos de un kilómetro de la sede de la comunidad”.
“La
comunidad de San Luis de Morichal observa que la situación de invasión,
ocupación ilegal y perturbación, por parte de terceros no indígenas no ha cesado,
pero a la intervención y atención directa del Gobierno”.
Agregan
que “la situación de amenaza de parte de los invasores ha afectado a los niños
y niñas de la comunidad, psicológica y emocionalmente, lo cual ha ameritado la paralización
de actividades escolares mientras persista la situación”.
Dicen
que “ante la falta de respuesta por parte del gobierno, los invasores amenazan
de iniciar por la fuerza las labores de minería, lo cual pudiera agravar más la
situación”.
Es
por ello que acordaron “la comunidad ejercerá el derecho que le asiste de
proteger el hábitat y tierras ante la inminente amenaza de los invasores de
iniciar las labores de minería en el sitio del Chivao, tal como un grupo de
ellos ya lo está haciendo en algunos puntos”.
“Tomar
las acciones y medidas necesarias para frenar cualquier intento de los
invasores de iniciar trabajo de minería en sus tierras. Exigir al gobierno
nacional hacer cumplir lo acordado entre las partes en la reunión
interinstitucional de fecha 10/02/2021 en la comunidad de San Luis de Morichal,
de cesar la invasión en lo inmediato y ubicar áreas fuera de tierras indígenas
para que los invasores sean colocados y puedan ejercer la minería”, finaliza el
acta.
La
ley
La
Constitución vigente en Venezuela estipula, por ejemplo, que “los idiomas indígenas también son de uso oficial para
los pueblos indígenas y deben ser respetados en todo el territorio de la
República, por constituir patrimonio cultural de la Nación y de la humanidad”.
En el apartado de los Derechos de los pueblos
indígenas, dice que “el Estado reconocerá la existencia de los pueblos y
comunidades indígenas, su organización social, política y económica, sus
culturas, usos y costumbres, idiomas y religiones, así como su hábitat y derechos
originarios sobre las tierras que ancestral y tradicionalmente ocupan y que son
necesarias para desarrollar y garantizar sus formas de vida”.
En ese artículo se dice de manera expresa que “corresponderá
al Ejecutivo Nacional, con la participación de los pueblos indígenas, demarcar
y garantizar el derecho a la propiedad colectiva de sus tierras, las cuales
serán inalienables, imprescriptibles, inembargables e intransferibles de
acuerdo con lo establecido en esta Constitución y en la ley”.
Y para mayor claridad, el artículo 120 determina que
“el aprovechamiento de los recursos naturales en los hábitats indígenas por
parte del Estado se hará sin lesionar la integridad cultural, social y
económica de los mismos e, igualmente, está sujeto a previa información y
consulta a las comunidades indígenas respectivas. Los beneficios de este
aprovechamiento por parte de los pueblos indígenas están sujetos a esta
Constitución y a la ley”.
Y en el artículo 126 se lee que “los pueblos
indígenas, como culturas de raíces ancestrales, forman parte de la Nación, del
Estado y del pueblo venezolano como único, soberano e indivisible. De
conformidad con esta Constitución tienen el deber de salvaguardar la integridad
y la soberanía nacional. El término pueblo no podrá interpretarse en esta
Constitución en el sentido que se le da en el derecho internacional”.
https://www.infobae.com/america/venezuela/2021/02/23/comunidades-indigenas-venezolanas-aprobaron-retomar-sus-tierras-enfrentando-a-los-grupos-irregulares-armados/
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