Isabel Rinaldo, la mamá de la menor, clama para que las autoridades actúen y pueda estar otra vez con su hija
Sebastiana Barráez/ martes 11 de julio 2023
@SebastianaB
Una niña que desapareció de Venezuela, en manos de su padre y su abuela paterna, Pedro y Nayda Alba Linares, ha estado viviendo en Colombia desde diciembre 2018, país al que llegaron por vía terrestre, con intención de viajar a España, país donde vive familia paterna; el padre vive en los Estados Unidos y la dejó con su tía en Colombia. Durante años Isabel Rinaldo, madre de la niña, la buscó desesperadamente hasta que hace meses la hoy adolescente fue encontrada en Colombia, pero un proceso sórdido y oscuro del ICBF del vecino país no ha permitido que Keira regrese a los brazos de su mamá.
Primero fue en
Venezuela donde a la madre de la niña, que entonces tenía siete años, le
aplicaron lo que se ha convertido en una receta en los Tribunales de Protección;
el padre de la niña, el español Pedro Alba Linares, la acusó falsamente de
maltrato, fue detenida y los funcionarios del Consejo de Protección le dieron
el visto bueno a quien después secuestra a la niña y la saca del país, se la
deja a una tía en Colombia y él se va a vivir a Estados Unidos.
Se ha
privilegiado el delito de secuestro internacional, porque eso fue lo que hizo
el padre y la tía paterna de la niña. Además, ACNUR conoce los intentos
frustrados de la Nayda Alba Linares para obtener el pasaporte italiano de la
adolescente Keira y así sacarla de Colombia.
En conversación con Infobae, la doctora Damarys Rangel Matute, especialista en derechos humanos y presidente de la FP Derechos Humanos con Dr. Corp con sede en Florida (EEUU), y quienes son los representantes legales de Isabel Rinaldo, destaca que “se está sustanciando un procedimiento administrativo pretendiendo implementar métodos de resolución de conflicto, cuando lo aplicable es dar ejecución forzosa a la Sentencia emanada del más alto Tribunal de la República Bolivariana de Venezuela”.
La experta señala que el ICBF desconoce la Sentencia de la Sala Constitucional del TSJ de Venezuela, del 14 de mayo 2019, que ordena el ejercicio de la custodia a Isabel Rinaldo. Supuestamente por equivocación le dictaron medidas provisionales que mantienen a la niña bajo custodia de la tía que la secuestró, pretendiendo que la mamá de la niña inicie negociaciones con el padre que ha ejecutado y continua ejecutando abusos, violencia y otros delitos en detrimento de la madre y la hija. Ocurre un delito transnacional porque el secuestro se ejecutó en Venezuela, se mantienen en Colombia y se financia desde EEUU.
Además, Rangel Matute considera que en la actualidad el Estado colombiano vulnera gravemente los derechos de Keira.
La organización
que defiende los derechos de Keira a estar con su madre, considera que “en la
actualidad el Estado Colombiano vulnera gravemente los derechos de la
adolescente Keira, y así lo reconoce al establecer en el Informe Social de las
condiciones Desfavorables Para El Interés Superior De La Adolescente,
igualmente la entrevista con el psicólogo por parte del ICBF y su devastador Diagnóstico
y la Defensora de Familia, Diana Norela Arcila David, quien en su estado de
defensora y autonomía de su labor no está protegiendo la integridad física,
emocional y psicológica, pues mantener a la adolescente Keira con la
secuestradora, refuerza ante ella, una posible justificación errada de los
años que fue separada forzadamente de su madre, dominada por una sola
versión, la que encubre el delito, la violencia, la extorsión”.
La representación
legal de Isabel Antonieta Rinaldo Andazora, madre de Keira, son las doctoras
Karla Margareth Henríquez Lozada, embajadora Al Large ante Canadá por el
Parlamento Internacional de los Derechos Humanos (PIDH) en Canadá y Damarys
Rangel Matute, abogada especialista en derechos humanos y presidente de la FP
Derechos Humanos con Dr, Corp con sede en Florida (EEUU).
Es
importante destacar que los abogados del cubano-español Pedro Alba Linares
fueron Felipe Hernández Trespalacios, Carmen Rosa Sotillo e Iván Pastor Nassim
Agüin Parada. La Consejera de Protección quien
favoreció al padre de la niña fue la abogada Ana Cardozo, quien acusó a Isabel
Rinaldo de “agresiva y hostil”; como testigos contra la madre de la niña
mencionaron a Vanessa Niño, Coordinadora de Atención del CPNNA y a la asesora
Nora Hernández. Desde ahí impulsaron el procedimiento de desacato contra Isabel
Rinaldo.
El ICBF e
Interpol
Resulta extraña
la razón por la que el ICBF y la Defensora Diana Norela Arcila David, hacen
caso omiso, de la obligación de aplicar las normas de protección a favor de
menores víctimas de delitos. A Keira se le mantiene en cautiverio a la luz del
Estado Colombiano, sin brindar protección debida.
Autoridades colombianas que han sido informadas por la organización Dr, Corp de todo lo que ha ocurrido y está ocurriendo con el caso de la niña secuestrada en Venezuela: Fiscal General de Colombia; Procuraduría General de Colombia; Personería de Colombia; Defensoría General de Colombia; Astrid Cáceres, directora de ICBF; Defensora de familia Dana Norela Arcila David ICBF; Instituto de Bienestar Familiar Colombiano, Cecilia de la Fuente de Lleras Regional de Antioquia Centro Zonal SurOriente; Policía Nacional; Interpol; Migración Colombia; y Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), que preside Astrid Cáceres, se pronunció, el 29 de junio 2023, modificando la medida que dejaba a Keira en las ilegales manos de su tía, pero erróneamente establece que el padre, Pedro Alba Linares, ejerce la custodia, cuando él vive en los Estados Unidos, mientras que la madre está en Bogotá y no ha tenido un solo día de acercamiento con su hija. Además, se ordena un procedimiento terapéutico, totalmente viciado. Lo absurdo es que el primer encuentro de la niña es con la tía que la secuestró, el segundo con el padre que ha violentado todas las normas y el tercer encuentro es con la madre.
Que se corrija
Rinaldo solicitó
al ICBF, específicamente a Cecilia de la Fuente de Lleras, Regional de
Antioquia Centro Zonal Sur Oriente, que se le dé cumplimiento absoluto a la
Sentencia del TSJ de Venezuela y corregir y subsanar la resolución ya que
erradamente modificó la Custodia de su hija, lo que contradice la Sentencia
que ordenó la restitución de custodia de la hoy adolescente.
Además, pide que se corrija el procedimiento terapéutico, prohibiendo el acercamiento de la adolescente a la tía secuestradora. Y que se notifique al Ministerio de Relaciones Exteriores y Migración, a fin de que ordene la expedición de salvoconducto a favor de la adolescente de 14 años, con el pasaporte italiano vencido para que la envíen a Caracas, debidamente acompañada por su madre Isabel Rinaldo, con carácter de extrema urgencia.
En Venezuela se espera que el Tribunal 14 de primera Instancia de Protección de NNA de Caracas se pronuncie y libre un exhorto al Tribunal de Medellín, Colombia, para que ejecuten la sentencia de custodia. Además, se está en espera de que Ronnie Alexander Osorio Hernández, Fiscal Provisorio Septuagésimo Noveno (79ª) del Ministerio Público con Competencia Plena a Nivel Nacional, reactive la alerta roja sobre Pedro Alba Linares, pues misteriosamente en Argentina, donde está la Asamblea General de Interpol, la alerta roja fue suspendida.
En Venezuela
El 14 de mayo
2019, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela
(TSJ), en ponencia de la magistrada Carmen Zuleta de Merchán, emitió sentencia
ordenando al Ministerio Público que diera inicio de manera inmediata a una
“investigación penal por la desaparición de la niña”, además de que prohibió la
salida del país del padre, quien es español, y de la niña, de manera que
“ordena alerta de difusión roja”, por lo que ordena oficial a la Dirección de
la Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL), en Caracas, para
que localizar a Linares y a la niña.
Esa sentencia
obliga al Estado Colombiano al reconocimiento y ejecución de las sentencias
dictadas en el exterior, pero lo que ocurre en Colombia es aberrante con el
caso de la niña que ya es una adolescente de 14 años y cuya madre ha buscado
desesperadamente. Keira nació en España y desde el 9 de febrero 2017 se encuentra
judicializada ante los Tribunales de Venezuela por la falsa denuncia que hizo
Pedro Alba Linares contra Isabel Rinaldo, ante el Consejo de Protección
de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Libertador del Distrito Federal.
Rinaldo, cuyo domicilio es Caracas, tiene nacionalidad venezolana e italiana.
Ese CPNNA le
otorgó medida de protección a Linares como responsable de cuidar y velar por
la integridad física y salud mental de la niña, que entonces tenía 7 años de
edad.
En un estilo que
se ha hecho común en Venezuela, el 16 de febrero 2017, a la madre de la niña le
abrieron una investigación penal, injusta, arbitraria, basada en la simulación
de un hecho punibles supuestamente cometidos en contra de la integridad física,
emocional de la pequeña Keira; la denuncia la hizo Linares ante el Ministerio Público,
quien ordena la investigación a la Fiscalía Centésimo Cuarta del Área
Metropolitana de Caracas, bajo el número de expediente MP-80838-2017.
Es así como el Tribunal Décimo Séptimo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Área Metropolitana de Caracas ordena la detención de Isabel Rinaldo, el 01 de agosto 2017; el Ministerio Público la imputó por los delitos de trato cruel en perjuicio de su hija, y en concurso de delitos con el tipo penal de desacato a la autoridad. Y así le entregan la niña al CPNNA del municipio Libertador, quien unos días después, se la entrega a Linares, estableciendo como permanencia provisional San Antonio de los Altos, estado Miranda, imponiéndose la obligación de informar si hubiera cambio de domicilio de la niña.
Pedro Alba
Linares, en la causa AP51-V-2016- 007570, solicita Medida Preventiva de
Custodia Provisional ante el Tribunal Vigésimo Séptimo de Primera Instancia
de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección
de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional
de Adopción Internacional, causa en la cual se negó la Custodia de la hoy
adolescente Keira, a favor del padre, y se Decretó la Medida Preventiva De
Custodia Provisional, de carácter transitorio, a favor de Isabel Rinaldo,
ordenando al padre la Restitución de bienes o enseres del hogar, propiedad de
la niña para garantizar el derecho a un nivel de vida adecuado.
Linares, durante
tres audiencias de escucha, no presentó a la niña, por lo que en diciembre del
2018, el Tribunal Superior Segundo del Circuito Judicial de Protección de
Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en la tramitación del amparo
constitucional signado con el Nro. AP51-O-2017-018845, en sede Constitucional,
ordenó la remisión de las actuaciones al Ministerio Público para conocer del
desacato Judicial, pero el padre desapareció con la niña.
Los Tribunales
venezolanos ordenaron localizar a la niña por intermedio de la Interpol, el
Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc) así
como por parte del Ministerio Público, no se ha logrado materializar desde el
año 2017, en ocasión a la conducta contumaz de Pedro Alba Linares y Nayda
Alba Linares, padre y tía de la niña.
Sentencias por
ejecutar
Hoy en día hay
varias sentencias que esperan por su ejecución:
27 de septiembre
2017: sentencia que ordena la custodia provisional de Keira a favor de
su madre Isabel Rinaldo Andazora.
Tribunal: 13 de
Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito
Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción
Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Expediente:
AP51-V-2017-3966.
18 de octubre de
2017: sentencia en el procedimiento de Revisión de la Custodia
instaurado por Rinaldo.
Tribunal: 27 de
Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito
Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción
Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
13 de Diciembre
del 2018: TSJ ordenó al Ministerio Público iniciar
investigación penal por la desaparición de la niña. Prohíbe salida del país
de la niña y de su padre Alba Linares, a quien se le dictó alerta de
difusión roja y detenerlo por juicios pendientes en Venezuela, ante los
Tribunales con competencia en Niños, Niñas y Adolescentes, así como Penal
Ordinario y Violencia contra la Mujer.
Tribunal: Sala
Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia
14 de mayo 2019: Se
ordena al Ministerio Público que de inicio inmediatamente, a una
investigación penal por la desaparición de la niña. Medida de prohibición de
salida de Venezuela de Pedro Alba Linares y de la niña. Ordena oficiar a
INTERPOL, para tramite. La localización de Pedro Alba Linares. Decretó que si
la niña no es localizada en Venezuela, su mamá podrá ejercer
las acciones legales ante el Juzgado 13 de Primera Instancia de Sustanciación,
Mediación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas
y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de
Caracas, para la restitución internacional de la niña.
Tribunal: Sala
Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
Qué pasa en Colombia
Los abogados que
representan a Isabel Rinaldo, solicitaron que en atención a la Notificación
contentiva del extracto del acta administrativa del 20 de febrero 2023, dictada
dentro del Proceso Administrativo de Restablecimiento de derechos de la hoy
adolescente, el inmediato cumplimiento de la Sentencia dictada por el TSJ, en
ocasión a lo que consideran que ocurrió el delito de Secuestro Internacional
de Keira desde que tenía 6 años hasta hoy.
El 21 de octubre
2022, la Defensoria de Familia adscrita al Centro Zonal Sur Oriente del
ICBF en Antioquia abre averiguación administrativa iniciada por El Alto Comisionado
de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR Colombia).
El 25 de octubre
2022, se ordenó al equipo interdisciplinario realizar la verificación
de los derechos de la adolescente, junto a los funcionarios de ACNUR, Cruz Roja
y la Universidad de Antioquia.
El 17 de
noviembre 2022, se verificaron los derechos de la hoy adolescente dejándose
constancia de sus condiciones físicas, emocionales psicológicas: la niña
está acompañada, supervisada, vigilada y controlada por la tía paterna Nayda
Alba Linares, contra quien no existía para la fecha denuncia penal. Se
verificó la vulneración de los derechos de la adolescente a tener una familia
y no estar separada de su mamá.
Lo inaudito es la
suposición de que los Tribunales de LOPNNA en Venezuela le entregaron la
custodia de la niña a la tía paterna Nayda Alba Linares. El padre y la tía
paterna desacataron las medidas de protección de los Tribunales de LOPNNA
Venezuela y del TSJ.
Pedro Alba
Linares reside en los Estados Unidos, y no ejerce la custodia, pues la
adolescente solo mantiene contacto telefónico con él y con sus abuelos paternos
ubicados en España. Keira solo mantiene contacto con el entorno escolar y el
control obsesivo de su tía, por lo que se ha comprometido su derecho a la
vida, a la salud, a tener y disfrutar de calidad de vida, el derecho de acceder
a un ambiente sano.
“Keira, vive en
un inmueble en condiciones de pobreza, con una sola cama, un baño, ambiente
único de sala, comedor, cocina; no tiene cobertura médica que garantice
ninguna emergencia médica. Es controlada por su tía Nayda Alba Linares, quien
ha invadido el libre pensamiento, libre albedrío, controla su mirada, el
discurso, demostrándose la alienación de la adolescente quien se mantiene en
cautiverio desde el 2017 por su padre y tía”.
“La adolescente
se enteró de la búsqueda de su madre por la red social tik tok, al ser
compartida por un compañero de clases”. Hoy la que ya es una adolescente espera
regresar a los brazos de su madre de la que ha estado siete años separada.
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