Los documentos judiciales concluyen además que Nicmer Evans, acusado por incitar y generar odio, podría influir en las supuestas víctimas y huir del país
Sebastiana Barráez/ martes 2 de enero 2024
@SebastianaB
Tomado de Infobae
En julio 2020 una información se viraliza cuando Nicmer Evans, director del portal de noticias PuntoDeCorte, publica un video advirtiendo que la DGCIM está en el apartamento donde se encuentra su esposa, madre e hijo. Tres años después se conocen los insólitos argumentos que tuvo el régimen venezolano, para ordenar su detención. A partir de la publicación de un mensaje en redes sociales lo acusaron de incitar y generar odio, de que podría influir en las supuestas víctimas, es decir Nicolás Maduro y el canal Globovisión, además de suponer que podría huir del país. Aterrorizaron a su familia y luego lo metieron en los sótanos inmundos de la DGCIM, entre gran cantidad de presos políticos. El juez de su caso fue preso en el 2023 cuando arrancó la trama de corrupción de PDVSA.
Los fiscales, provisorio y auxiliar, en Protección de Derechos Humanos, Renny Raúl Amundaraín Durán y Juan Urdaneta González, para solicitar la detención de Nicmer Evans, no solo dicen que incitó al odio por unos tuits publicados donde critica a Globovisión porque a su juicio el canal estaría parcializado con la “narcodictadura”, sino que alerta que podría destruir, modificar o falsificar elementos de convicción, lo que es absurdo porque en tal caso su opinión ya estaba publicada no solo en la red social Twitter (X) sino en sus otras redes sociales.
Le agregan que
podría fugarse del país como si el politólogo no tuviese arraigo en Caracas,
donde no solo funciona el medio de comunicación que dirige sino está su
vivienda, su esposa y sus hijos. Pero lo más asombroso es que especulan en que
él podría influir en las víctimas, que para el caso sería Nicolás Maduro y el
canal privado Globovisión.
En razón de eso los fiscales solicitan al juez no solo la orden de detención contra Nicmer Evans sino que “se le haga comparecer con el auxilio de la fuerza pública ante el órgano jurisdiccional”. El caso cae en el tribunal del entonces juez José Mascimino Márquez García, quien tiempo después fue detenido por corrupción que ejecutaba en ese despacho, cuya secretaria era la abogada Fabiola Andreina Torrealba Ostty. (http://www.sebastianasinsecretos.com/2023/03/el-temible-juez-que-aterrorizaba-los.html)
Incluso la
Fiscalía solicitó “identificar y entrevistar a los familiares del ciudadano Nicmer
Evans, a objeto de verificar posibles células criminales y lugar de actuación
de las mismas”. Agregando que hay “suficientes motivos y sospechas” de que en
el apartamento de Evans se encuentran “evidencias de interés criminalístico,
tales como armas de fuego, títulos de propiedad, equipos de computación,
dispositivos de almacenamiento, pentdrive, discos duros externos, cd,
documentos”. El allanamiento fue autorizado por la juez 32 de primera instancia
estadal de Caracas, Mercedes Noel Natera Altamar, el 13 de julio 2020.
Según Oficio N° 357-20, del 31 de agosto 2020, boleta de excarcelación N° 008-2020, Nicmer Evans fue dejado, por indulto presidencial, en libertad plena sin restricción de libertad por extinción de la acción penal. Una semana después, la madre de Evans, fallece.
Los allanamientos
Se hicieron dos
allanamientos; el primero en la casa donde se encontraba la esposa e hijo de
Nicmer Evans, quienes fueron aterrorizados e incluso usaron el teléfono de
Martha Daniela Cambero Lobo para acceder a la página PuntoDeCorte y alterar
información y borrar otras.
Es extraño que en
el expediente no aparece ninguna funcionaria llamada Karla Montoya, aunque es
la que firma los documentos, lo que hace presumir que en realidad también sea
la misma subinspectora de la DGCIM Victoria Bernal, credencial 5711.
Cuando la señora
de Evans les pidió a los funcionarios que se identificaran, se percató que en
las credenciales aparecían las fotografías, pero no los nombres. Y cuando ella
se resistió a abrir la puerta, alias El Sabuesito empuño la pistola y le dijo
en tono amenazante: "O abres o le pego un tiro a la reja". Ella confiesa que al
otro lado de la puerta ve a su pequeño, llorando y aterrado, por lo que decidió
abrir.
Durante las casi 5
horas, uno de los funcionarios alias El Sabuesito y la ahora capitana Ivana
Escalona Bernal, así como otros que estaban encapuchados, amedrentaron a la
familia. Cuando a Marta Cambero, le preguntan por su esposo, ella alegó que él
se había ido. Insistieron en que les dijeran dónde estaba. Revisaron su
teléfono, incluso lo utilizaron para enviar mensajes, además de ingresar a la
aplicación del Twitter del portal de noticias y borraron información.
Unas horas después
mandan a buscar a La Negra, que es la funcionaria llamada Karla Montoya, quien después la cita para que vaya a declarar a la Dirección General de Contra
Inteligencia Militar (DGCIM).
Alias La Negra,
Karla Montoya, es una mujer de figura masculinizada, muy alta, de piel oscura,
pelo liso por desrizado y plancha. Entre La Negra e Ivana Escalona se
encargaron de presionar a Cambero, de maltratarla de palabra, de decirle
palabras degradantes e incluso hasta expresiones como: “si eres sinvergüenza,
tú sabes que él está con otra mujer” y otras cosas.
Usando el teléfono
personal de ella, que además revisaron sin ninguna orden judicial, llamaron a
Nicmer. Cambero le dijo a Infobae que “ellas me pasaron el teléfono y le dije:
‘aquí están funcionarios de la DGCIM y quieren que tú vengas, pero yo tengo las
citaciones que nos hicieron y también firmé la tuya, así que no vengas’. Eso
les molestó muchísimo. Insistieron en hablar con él”.
Entre los abusos
en los que incurrieron los funcionarios está el haber hecho firmar un acta que
levantaron y colocaron a firmar como testigo a la madre de Evans, una anciana
de 80 años que estaba discapacitada, afectada por tres ACV y un infarto.
Camberro le dijo a
Infobae, en abril 2023, que la funcionaria Karla Montoya alias La Negra, toma
al niño de los Evans Camberro, que entonces tenía 6 años, lo sienta en las
piernas y lo interroga sobre dónde estaba su papá, cuándo fue la última vez que
lo vio y muchas más preguntas, durante más de una hora, mientras el niño
aterrado ya no sabía qué decir.
“Karla Montoya le
dijo a mi hijo ‘ay mi niño, que lamentable que tu mamá es una irresponsable y
vas a terminar en la Lopna, porque tu mamá va a ir presa, igual que tu papá’.
De ese hecho, posteriormente el niño necesitó asistencia profesional”.
Al ver que no
podían obtener información, uno de los funcionarios alias Jonny Bravo se
percata de un número de teléfono en la puerta de la nevera con el nombre
Álvaro, que es un abogado de la familia, que había acompañado a Martha Camberro
cuando llegó a la casa y estaba en la parte de afuera. Lo llaman y lo hacen
entrar. El Sabuesito le dice a Karla Montoya que el abogado responda por la
familia y así queda todo más legal”.
Cuando están
sacando al abogado Álvaro Herrera, los funcionarios salen y alias La Negra
discute con la señora Evans que exige saber en qué vehículo se lo van a llevar:
alcanzó a ver que se lo llevaron en una camioneta Toyota blanca. No se sabe
nada de Herrera durante horas, lo llevan a la Dgcim Boleíta, hasta que lo
llevan el apartamento donde Nicmer Evans se encontraba.
Así ocurre el
segundo allanamiento, en un apartamento en el sector El Recreo donde estaba el
director de PuntoDeCorte, hasta donde llevaron al abogado de Evans, Álvaro
Daniel Herrera Yrima.
Aunque el
inspector Ángel Franco, credencial 1014, dijo que no hubo coacción y que Evans
abrió la puerta, sin indicar que previamente el comunicador emitió un video.
Entre lo que dice que encontraron en ese apartamento está: “una franela color
blanco, donde se puede visualizar por la parte delantera Nicmer Evans Alcalde
Nuvipa nueva visión para mi país y por la parte trasera se visualiza: vota
Nuvipa nueva visión para mi país con Nicmer gana Caracas”.
La audiencia de presentación de Evans fue el 15 de julio 2020.
La investigación
El GB Carlos Enrique
Terán Hurtado, Director Especial de Investigaciones Penales y Criminalísticas
de la DGCIM, solicita el 2 de julio 2020 al Ministerio Público, en la persona
de Renny Raúl Amundaraín Durán, Fiscal Provisorio 94 Nacional en Protección de
Derechos Humanos, que por instrucciones del MG (Ej.) Iván Rafael Hernández Dala,
Director General de Contrainteligencia Militar, luego de enviarle un saludo
bolivariano, revolucionario, socialista, patriótico, antiimperialista y
profundamente chavista, le entrega dos actas de investigación penal,
N°DGCIM-DEIPC-AIP-506-2020, N°DGCIM-DEIPC- APf 207-2020, del 01 de julio 2020,
para que se decida la Orden de Allanamiento, Registro de Morada o Recinto
Habitado en la dirección de Nicmer Evans.
Una de las actas
de la DGCIM, la Nr. 506/2020 refleja que el 01 de julio 2020, la subinspectora
de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (Dgcim), Victoria Bernal,
se presentó a la División de Investigaciones de la Dirección Especial de Investigaciones
Penales y Criminalísticas (DEIPC) de la DGCIM, por orden del General Terán
Hurtado, para hacer del conocimiento de las diligencias desarrolladas por el
caso del politólogo Nicmer Evans.
Como la mayoría de
las actas de la DGCIM, aquí también hay un testigo protegido que en realidad es
anónimo, Nr. PVT04920, que solo ellos conocen, y que mediante denuncia Nr.
0492020, del 30 de junio 2020, revela la cuenta de Twitter de Nicmer Evans,
diciendo que tiene mensajes que incitan a la violencia y al desprecio público
hacia cualquiera de los trabajadores, directivos y accionistas del canal
Globovisión. Es porque el director del medio PuntoDeCorte habría dicho que
Globovisión es un canal poco serio y que favorece a “la narcodictadura”.
Lo insólito es que
el dizque testigo protegido que hace la denuncia dice que el canal en realidad
tiene como “principio y misión informar con objetividad e imparcialidad”.
Mencionan las cuentas de las redes sociales de Evans en Instagram, Facebook y
Youtube.
“Las pesquisas”
que los adiestrados sabuesos de la Dgcim hacen en las redes sociales de Nicmer
Evans les da para concluir que en “las publicaciones de sus cuentas y usuarios
de las diferentes redes sociales en contra de la ideología del primer
mandatario nacional, presidente constitucional Nicolás Maduro Moros, donde se
puede reflejar el impacto mediático y psicológico, que no solo afecta al pueblo
venezolano sino nuestra imagen a nivel internacional, por desprestigiar
instituciones o empresas que mantienen una posición imparcial ante la situación
actual de nuestro país”.
Agrega al DGCIM que
“con este tipo de incitaciones solo pretenden vender una matriz de opinión
alejada de la verdadera realidad con el único fin de generar descontento, odio,
violencia e inconformidad de nuestros medios de comunicación, debido a la
influencia que tienen las redes sociales como guerra mediática”, según la
subinspectora de la DGCIM, Victoria Bernal, credencial 5711.
Como si fuera un descubrimiento,
dice que determinaron que la persona de las cuentas era Nicmer Nicolás Evans y
que en todas sus redes sociales está “desprestigiado la credibilidad de los
medios de comunicación del país”.
Lo que más causa
asombro es que mencionan a medios, en plural, cuando solo se refieren a
Globovisión, y más insólito aún es que, a su vez, involucran a Nicolás Maduro,
como si existiera un cordón umbilical entre él y esa planta televisiva privada.
Es así como la
DGCIM, con la dirección de habitación de Nicmer Evans en Caracas, presentan la
orden de allanamiento para llevarse los dispositivos electrónicos de
almacenamiento y de comunicación: tablets, teléfonos celulares, laptop,
computadoras, memorias, pendrives o cualquier otro equipo electrónico.
Los funcionarios que ejecutaron el allanamiento en casa de Evans, donde él no se encontraba, sino su esposa y su niño, fueron los funcionarios de la DGCIM: la ya mencionada subinspectora Victoria Bernal, el subinspector Ángel Franco, el inspector jefe Martínez Gregory y los agentes José Arias, Miguel Barrios, Francisco Álvarez y Félix Vargas.
Alerta Roja
Es así como el 11
de julio 2020, Renny Raúl Amundaraín Durán y Juan G. Urdaneta González, fiscales
Provisorio y Auxiliar Nonagésima Cuarta (94°) Nacional en Protección de
Derechos Humanos, solicitaron orden de aprehensión con alerta roja y orden
de inspección, registro, allanamiento y colecta de objetos de interés
criminalístico contra Nicmer Evans, en la causa penal MP-83528-2020, por
promoción o incitación al odio, cuya pena es de 10 a 20 años.
Según los
fiscales, Evans “desplegó una conducta ilícita en más de una oportunidad y en
consecuencia, el hecho quedó consumado en más de una ocasión, todo lo cual se
corrobora si tomamos en consideración, que este tipo de delitos son de los
considerados en derecho penal como de Acción Ejecutiva Infraccionable, Única e Indivisible,
cuyo resultado es producible o perfeccionado al momento de cada uno de los
comentarios de desprecio y odio que incitó este ciudadano a través de las redes
sociales, con publicaciones que promueven e incitan el odio en la colectividad en
contra de las altas autoridades del estado venezolano”.
En función de lo
anterior “existen fundados elementos de convicción para estimar que la conducta
desplegada por el hoy investigado, Nicmer Evans, se subsume en el tipo penal de
promoción o incitación al odio”.
Y, luego, según
los fiscales, “están dados lo supuestos, vale decir el peligro de fuga y
obstaculización; acreditando el peligro de fuga”; la obstaculización es porque
el Ministerio Público considera que el politólogo y director de PuntoDeCorte
“puede destruir, modificar o falsificar elementos de convicción útiles y
necesarios para la investigación o realizar acciones tendientes a influir para
que las víctimas (es decir, Globovisión y Nicolás Maduro) y los posibles
testigos de los hechos informen falsamente o se comporten de manera reticente,
poniendo en peligro la investigación, la verdad de los hechos o la realización
de la justicia”.
Y para rematar los
fiscales aseguran que “al peligro que esta persona representa (Evans) para las
víctimas secundarias y además evitar nuevos hechos de violencia en los cuales
pueden verse perjudicados niños, niñas y adolescentes (periculum in damni)… de los
cuales se puede inferir que se vea frustrada la Justicia, al este evadirse del
proceso penal u obstaculizando al influir sobre testigos, la víctima o
familiares de éstos”.
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